29 octubre 2018

Montaño se anticipa a decisión del TSE

A pesar de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, cuando el “No” se impuso con 51,30 % frente al “Sí” con 48,70 %, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, sostuvo que no existe la posibilidad que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) inhabilite la candidatura de Evo Morales y Álvaro García para las elecciones primarias, advirtió que los vocales deben acatar la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) porque es vinculante para todos los órganos del Estado.

“No existe la posibilidad. La sentencia constitucional es vinculante para la Asamblea Legislativa, para el Órgano Electoral y todas las instancias del Estado. Lo que tiene que hacer (el TSE) es verificar el cumplimiento de los requisitos, en términos de, por ejemplo: la nacionalidad boliviana, que no haya sentencias ejecutoriadas en contra del posible candidato”, respondió la legisladora al ser consultada qué pasaría si el TSE inhabilita la candidatura de Morales.

Los vocales del Órgano Electoral indicaron que el próximo 8 de diciembre se pronunciarán con relación a la habilitación de las candidaturas de los binomios presidenciales que inscriban las organizaciones políticas el próximo 28 de noviembre.

INTROMISIÓN

Por su parte, la diputada de Unidad Demócrata (UD), Lourdes Millares, señaló que las aseveraciones de Montaño son una clara intromisión por parte del MAS en el Legislativo a las decisiones que vaya a tomar el TSE sobre las candidaturas presidenciales. Sugirió a esa instancia que se pronuncie de forma oficial sobre la injerencia en el que esta incurriendo el partido gobernante.

“Valdría la pena que el TSE, en sala plena, tome decisiones en torno a un pronunciamiento oficial sobre una clara intromisión del órgano ejecutivo, en atribuciones y competencias que tiene que ver con el ejercicio de la independencia de los poderes”, destacó la opositora.

Los requisitos que debe revisar el Órgano Electoral están enmarcados en el artículo 167 de la constitución política del estado, que establece que el candidato a la presidencia o vicepresidencia del estado debe tener más de 30 años, residir de forma permanente en el país, y no tener una sentencia ejecutoriada por la justicia.

Pero en el caso del binomio de Evo Morales y Álvaro García están restringidos por el artículo 168 que limita su mandato aun periodo de cinco años y la posibilidad de ser electos por una sola vez de forma consecutiva. a criterio de Millares este enunciado aún está vigente, porque la única instancia que pude modificar la CPE es una asamblea constituyente.

Otro de los candados que limita la candidatura del binomio del MAS es los resultados del referéndum constitucional del 21 de febrero del 2016, tomando en cuenta que el 51.34 por ciento le dijo no la modificación de la Constitución para habilitar la repostulación de Morales.

La postura del partido oficialista es que la sentencia 018/2017 del TCP es vinculante y de cumplimiento obligatorio, sin embargo, la constitución establece que una sentencia no está por encima de la decisión del soberano, es decir, el respeto del voto de la población.

En una entrevista con un medio cruceño, Álvaro García dijo insistentemente que no estaba amenazando a los vocales, pero que la Sala Plena estaba obligado a cumplir operativamente con la Constitución y con el mandato del Tribunal Constitucional que habilitó a Morales y que el Gobierno haría que esto cumpla.

Ante esto el vocal del Tribunal Supremo Electoral, Antonio Costas, sostuvo que no son un ente operativo, además reiteró que es un exceso que las autoridades de gobierno digan cómo deben cumplir con sus deberes. Advirtió que ellos actuarán conforme a sus competencias y atribuciones que les franquea la ley.

ELECCIÓN

Por último, Millares indicó que se debe hacer otra interpretación más de las declaraciones de la titular de diputados, al designar a las nuevas autoridades tiene el control del órgano electoral, que a simple instrucción del ejecutivo habilitará la candidatura de Morales para las elecciones primarias y generales del 2019.

La Asamblea Legislativa está llevando a cabo el tratamiento de la modificación de la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional que permitirá cubrir las vocalías acéfalas que quedaron tras la renuncia de Katia Uriona, José Luis Exeni, y de cinco suplentes.

A criterio de Costas esta designación es oficiosa e innecesaria, ya que el TSE cuenta con el quorum requerido para continuar con los procesos electorales, postura que fue reiterada el pasado sábado en contacto con el deber Radio de Santa Cruz.

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