Los postulantes a vocales del Órgano Electoral deberán cumplir al menos 8 de los requisitos establecidos para pasar a la segunda fase.
La documentación de las 403 personas que se registraron ayer ante la Comisión Mixta de Constitución será evaluada hasta este fin de semana.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) acéfalo desde hace varias semanas, busca tener nuevos administradores, los mismos que están en proceso de preselección en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
Reglamento. La diputada Norma Piérola, del Partido Demócrata Cristiano (PDC), indicó que de los 17 requisitos, al menos 8 deberán cumplir los aspirantes para recién pasar a la fase de impugnaciones.
Cuestionó una vez más que se esté haciendo una calificación tiqueando si cumple o no con lo requerido y no así calificando con porcentajes como se realizó en anteriores procesos de selección.
Una vez publicada la lista de las personas que cumplieron con los requisitos, desde el lunes se podrán recibir las impugnaciones contra los aspirantes, las mismas que irán siendo resueltas por la comisión conforme vayan siendo recepcionadas.
Trabajo. La Comisión Mixta de Constitución inició de forma oficial la apertura de los sobres de los postulantes, para verificar la documentación y seleccionar a los que aprueban la primera fase
Para la revisión se conformaron tres mesas: la primera la preside el senador Milton Barón; la segunda, la diputada Betty Yañíquez y la tercera, el diputado Manuel Canelas, todos del Movimiento Al Socialismo (MAS).
Ante la postulación de 403 personas, los sobre se dividieron en las tres mesas de trabajo: el senador Barón está con 135 sobres, en la mesa de la diputada Yañiquez, hay 134 sobres, y la última de Manuel Canelas con 134.
Los parlamentarios trabajarán de forma continua para culminar con la revisión hasta el viernes como establece el reglamento.
Observaciones. Para la diputada Norma Piérola (PDC), el masivo número de postulantes, no significa un acto de democracia.
Considera que la mayor parte de los postulantes, responden a las filas del MAS o son simpatizantes con las autoridades gubernamentales.
"Quieren hacer parecer como que ahora todos quieren participar y es una fiesta democrática y que se va a elegir al mejor, pero es falso. Están haciendo bulto para distraer, porque al final de cuenta a su misma gente van a elegir", dijo la diputada.
En respuesta a ello, la presidente de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño (MAS), negó la acusación de la opositora.
"¿Afinidades? para nada, no necesitamos un Tribunal Supremo Electoral masista, el presidente cuenta con la gran mayoría del pueblo boliviano", respondió la oficialista.
Opiniones
La CSUTCB considera que los cambios en el TSE llegan tarde
Para el dirigente saliente de la Confederación Sindical Única de Trabajadora Campesinos de Bolivia (CSUTCB), Joel Guarachi, los cambios en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), tras la renuncia de los vocales y ahora con la postulación a nuevas autoridades, llegan tarde.
“Los cambios debieron darse antes de las elecciones pasadas, ahora es tarde ya quedó el daño, en nuestro caso, de un hermano campesino (Damián Condori)”, declaró Guarachi a Erbol.
Guarachi dijo que las autoridades electorales que dejaron el cargo se equivocaron con el falló en Chuquisaca, con el que se benefició al excandidato a la Gobernación de esa región por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Esteban Urquizu.
Ahora pidió a quienes sean electos como nuevos vocales sujetarse a las normas y principios, y no dejarse “manipular” por algunas autoridades de gobierno, a los que Guarachi no identificó. /Erbol.
Apuntes
1. Haber cumplido 30 años al momento de su postulación.
2. Contar con nacionalidad boliviana.
3. Haber cumplido con los deberes militares (solo varones).
4. No tener pliego de cargo ejecutoriado ni sentencia condenatoria ejecutoriada, pendientes de cumplimiento, incluyendo aquellas relativas a las Leyes Nº 348 Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y Nº 243 contra el acoso y violencia política hacia las mujeres.
5. Estar inscrita o inscrito en el Padrón electoral.
6. Hablar al menos dos idiomas oficiales del país.
7. Tener título profesional con una antigüedad no menor a los cinco (5) años.
8. No tener militancia en ninguna organización política en los últimos cinco (5) años.
9. No haber sido dirigentes o candidato de ninguna organización política en los cinco (5) años anteriores a la fecha de designación.
10. No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con ninguna funcionaria o funcionario del mismo tribunal, con el Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional del Estado Plurinacional, Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Agroambiental y miembros del Consejo de la Magistratura, ni Gobernadores o dirigentes nacionales de organizaciones políticas.
11. Renunciar de manera expresa y pública a la membresía en cualquier logia.
12. Renunciar de manera expresa y pública a la condición de dirigente o autoridad ejecutiva de cualquier asociación, cooperativa, institución u organización empresarial, social o cívica que por su naturaleza o intereses pueda influir en el libre ejercicio de sus funciones electorales.
13. No haber ocupado cargos directivos en empresas extranjeras trasnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado, y no hayan renunciado al menos cinco años antes al día de la elección.
14. No podrán postularse aquellos servidores públicos designados que ocupen cargos de Ministras o Ministros, Viceministras o Viceministros, Secretarias o Secretarios de Gobiernos Autónomos Departamentales y Oficiales Mayores de gobiernos autónomos municipales, o cargos equivalentes.
15. No ser miembro de las Fuerzas Armadas o de la Policía Boliviana en servicio activo que no haya renunciado al menos tres meses antes del día de la elección.
16. No haber convocado, organizado, dirigido, supervisado, administrado o ejecutado algún proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal que haya sido realizado al margen de la ley.
17. No haber impedido, obstaculizado, resistido u rehusado a administrar un proceso electoral o referendo de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido convocado con apego a la ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario