28 septiembre 2012

Aprueban decreto que penaliza el uso de dinamita en protestas

El Gobierno aprobó ayer el Decreto Supremo 1359 que penaliza el uso y la tenencia de dinamita y explosivos en protestas callejeras, estableciendo una sanción de entre uno y cuatro años de cárcel para los infractores.

Los mineros, que son los que habitualmente utilizan dinamita en sus movilizaciones, rechazaron la prohibición y recordaron al Gobierno que a través de esas protestas se logró la atención a sus demandas y conquistaron derechos sociales.

La nueva normativa fue aprobada ayer por la presidenta en ejercicio, la senadora Gabriela Montaño, quien señaló que el decreto no afectará el derecho a la movilización ni a la protesta social pacífica y que sus restricciones no incluyen la manipulación de explosivos para las actividades industriales, petroleras o mineras.

“Se aprobó un decreto supremo a partir de la tipificación jurídico penal del Art. 211 del Código Penal sobre la tenencia de materiales y sustancias explosivas con fines peligrosos (que a partir de ahora) constituye un delito", explicó el ministro de Gobierno, Carlos Romero.

La norma faculta a la Policía y al Ministerio Público a decomisar los materiales peligrosos y detener a sus portadores "en caso de que esta tenencia tenga la dirección de usarse con fines peligrosos que afecten la vida humana o que puedan comprometer la comisión de daños materiales a la propiedad pública o privada", precisó la autoridad.

La medida fue aprobada después de que la semana pasada falleciera un minero a causa del uso de dinamita en un choque entre grupos antagónicos de mineros asalariados y cooperativistas.

Los mineros asociados en cooperativas protagonizaron una masiva manifestación, haciendo detonar a su paso fulminantes de dinamita, lo que provocó pánico entre los transeúntes.

La norma, que había sido adelantada por el presidente Evo Morales, prevé la aplicación de penas de cárcel "de acuerdo a la gravedad de la utilización de estos materiales que tendrá que ser calificada por la autoridad jurisdiccional competente".

Romero añadió que tanto la Policía como el Ministerio Público están autorizados, "no sólo a la incautación de los materiales, sino a la detención de las personas y su remisión a la autoridad competente". Se excluye de la sanción el traslado de los materiales explosivos con fines industriales o laborales.

El Ministro aclaró que la norma "no penaliza las movilizaciones y manifestaciones sociales", que están garantizadas siempre que "tengan carácter pacífico".

La fiscal de Distrito de La Paz, Betty Yañiquez, destacó la normativa y aseguró que el Ministerio Público hará cumplir la normativa. "Esto es positivo tomando en consideración de que el pueblo sufría por este tipo de hechos, sobre todo los niños y el patrimonio de determinadas personas", expresó.

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