16 octubre 2019

TSE permitirá que Evo entregue obras durante el silencio electoral

Durante el silencio electoral que rige desde el jueves, el presidente Evo Morales, quien busca otra reelección, podrá entregar obras a título de gestión pública, confirmó Antonio Costas, vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“La entrega de obras, si hay trabajos de gestión, tiene que hacerse”, informó el vocal Costas en entrevista con la Red Unitel, cuando faltan seis días para los comicios.

No obstante, Costas sostuvo que en los actos, el primer mandatario y candidato del MAS no puede pedir el voto. “En ningún momento las entregas de obras y gestión pública pueden ser motivo de campaña”, dijo.

El diputado de oposición Wilson Santamaría afirmó que “es una vergüenza” que los vocales electorales nuevamente favorezcan a la candidatura de Morales, al permitir que la autoridad continúe con la entrega de obras.

“El silencio electoral es para todos. Durante toda la campaña ya hemos vivido una actitud sumisa del Órgano Electoral. Teníamos la esperanza de que al final del proceso iba a primar la cordura. El Gobierno seguirá entregando obras y ésa es una forma de inducir al voto”, afirmó.

La norma establece que durante el silencio electoral ninguna de las nueve organizaciones políticas podrán realizar actividades proselitistas ni emitir mensajes de propaganda.

El artículo 116 de la Ley del Régimen Electoral establece que la propaganda electoral se podrá realizar únicamente en los siguientes periodos: 1) en actos públicos de campaña, desde 90 días antes del día de los comicios, hasta 72 horas antes de la jornada electoral; y 2) en medios de comunicación, desde 30 días antes de la jornada electoral hasta 72 horas del día clave.

En ese marco, los frentes tienen hasta mañana para hacer campaña en actos públicos o emitir propaganda a través de los medios de comunicación.

En criterio del partido en función de Gobierno, el presidente Morales debe seguir con la entrega de proyectos, pues -aseguran- no vulnera ninguna norma.

El presidente de la Comisión de Constitución, el diputado Lino Cárdenas (MAS), afirmó que la sentencia 11/2016 del 26 de enero del 2016 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) da viabilidad a la entrega de obras en procesos electorales.

En ese fallo se lee que en diciembre de 2015, el extinto Rodolfo Illanes, en representación legal de Morales y Álvaro García Linera, interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 24 del Reglamento de Campaña y Propaganda electoral, que limitaba a 15 minutos la transmisión de actos de entrega de obras, en el marco del referendo constitucional del 21F.

En enero de 2016, el TCP declaró la inconstitucionalidad de ese artículo, con el argumento de que no se puede restringir el acceso a la información, porque es un derecho constitucional.

“No se puede restringir al pueblo su derecho a recibir obras”, expresó ayer Cárdenas.

El vocal Costas aclaró que en los actos no podrá haber banderas ni otros elementos que identifiquen al MAS o a otro frente.

El exvocal electoral Gonzalo Lema consideró que el TSE debió emitir una normativa que “congele”, por horas, los actos de entrega de obras a fin de evitar susceptibilidades. “El Presidente está en campaña permanente. Lo peor es que lo hace con dinero fiscal”, afirmó.


La norma electoral

Actos El artículo 116 de la Ley del Régimen Electoral establece que la propaganda electoral se podrá realizar en actos públicos de campaña, desde 90 días antes del día de los comicios hasta 72 horas antes de la jornada electoral.
Medios Ese artículo establece que la propaganda electoral se podrá realizar en medios de comunicación desde 30 días antes de la jornada electoral hasta 72 horas del día de los comicios. En ambos casos el plazo es hasta mañana, 16 de octubre.

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