Hasta ayer, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) autorizó la entrega de libros de firmas para el revocatorio de tres gobernadores y cinco alcaldes de las ciudades capitales de departamentos. El resto de las solicitudes se encuentran aún en proceso de verificación.
“Se han presentado solicitudes para tres gobernadores: Tarija, Chuquisaca y Potosí”, explicó la presidenta del Órgano Electoral, Katia Uriona, en rueda de prensa.
Es decir que los gobernadores de Chuquisaca, Esteban Urquizu (MAS); de Tarija, Adrián Oliva (UDA) y de Potosí, Juan Carlos Cejas (MAS), pueden ser sometidos a revocatorio si sus demandantes logran la cantidad de firmas necesarias.
Con relación a alcaldes, Uriona ratificó que llegaron 142 solicitudes, las cuales no son para esa cantidad de autoridades ediles, porque varias solicitudes pueden estar dirigidas para una sola.
Sin embargo, en las ciudades capitales se confirmaron la continuidad del proceso para cinco autoridades: para el alcalde de La Paz, Luis Revilla; de Oruro, Rafael Bazán; de Sucre, Iván Arciénega; de Cobija, Luis Gatty Ribeiro; y de Potosí, Williams Róger Cervantes.
Se hallan También en proceso de verificación las solicitudes de 115 concejales y concejalas del país, además de 10 asambleístas nacionales, de los cuales tres fueron aprobadas para la continuidad de recolección de firmas, entre ellos están el legislador Víctor Gutiérrez y Sandra Cartagena, ambos del departamento de Cochabamba; Francisco Cuellar, de Chuquisaca.
PLAZOS
La Presidenta del TSE indicó que hasta el 26 de febrero concluirán con la verificación de los requisitos de las solicitudes y se conocerá cuantas autoridades pasarán a la fase de la habilitación de libros, para luego proceder a la recolección de firmas.
La etapa de recolección de firmas tendrá el plazo de 90 días, hasta el 30 de mayo las agrupaciones que están impulsando esta iniciativa, contra las autoridades municipales, deberán contar con el 30 por ciento de firmas de los ciudadanos inscritos en el Padrón Electoral.
En los casos de revocatorios para gobernadores y diputados uninominales, las firmas deben llegar al 25 por ciento de los ciudadanos inscritos en el Padrón.
Para los gobernadores al menos debe contarse con el 20 por ciento de firmas de cada provincia.
En el caso de los diputados, el porcentaje se aplicará para la circunscripción uninominal en la que se realizó su elección. El Tribunal Supremo Electoral verificará el cumplimiento de este requisito.
Una vez concluido este proceso, el Órgano Electoral tiene el plazo de 60 días para la verificación de las firmas, las cuales deben estar acompañadas con la huella dactilar y el número de cédula de identidad de cada uno de los participantes.
“Una vez que el Tribunal realice esta verificación vamos a tener la resolución de aceptación o rechazo en la constatación de quiénes han cumplido con estos requisitos hasta el 2 de agosto. Sólo podremos emitir un criterio de quienes han cumplido los requisitos y quiénes estarían habilitando el proceso de revocatorio para las autoridades que corresponda”, explicó Uriona.
CALENDARIO
El Órgano Electoral prevé que el 10 de agosto se remitirá a la Asamblea Legislativa una solicitud para la elaboración de una ley especial destinada a la convocatoria de revocatorio para las autoridades que hayan cumplido con los requisitos de las distintas etapas del proceso.
El Tribunal Supremo Electoral determinará el presupuesto requerido para la organización, administración y ejecución del proceso de revocatoria de mandato, el cual será cubierto con recursos del Tesoro General del Estado (TGE), de los gobiernos departamentales y de los gobiernos municipales, según corresponda.
Por último, se tiene previsto para el 29 de noviembre la realización del revocatorio sobre estas autoridades.
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