Los candidatos a presidencia y vicepresidencia no requieren de alternancia de género.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó ayer las 13 opciones que tienen los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y otras organizaciones para inscribir a sus candidatos para las elecciones generales del próximo domingo 12 de octubre.
Las 13 posibilidades fueron planteadas durante la presentación oficial del "sistema de registro de candidatos" en línea, que realizó el Órgano Electoral.
Estas formas de registro están destinadas para los postulantes a la Presidencia, Vicepresidencia, Senado, diputaciones plurinominales, uninominales y de circunscripciones especiales, así como los representantes nacionales ante organismos supraestatales.
Presdiencia y Vicepresidencia. Para las candidaturas a la Presidencia y Vicepresidente del Estado, los partidos políticos tienen cuatro opciones según establece el Órgano Electoral. Éstas son hombre-hombre, mujer-mujer, mujer-hombre o hombre-mujer.
El TSE propone estas formas por tratarse de candidaturas únicas, es decir. sin suplentes a diferencia de los otros cargos electivos, por lo que no requieren alternancia de género.
Alternacia y paridad. De conformidad al artículo 11 de la Ley 026, el TSE estableció que las listas de candidatas y candidatos a la Asamblea Legislativa, titulares y suplentes deben respetar la paridad y alternancia de género entre mujeres y hombres.
Esto permitirá que exista una candidata titular mujer con su suplente varón o un cadidato titular hombre con su suplente mujer y asi sucesivamente.
En el caso del Senado, el TSE propone dos opciones: una nómina que esté encabezada por una mujer o que la lista de postulantes se inicie con un hombre.
Candidatos a diputaciones plurinominales. En este caso, el Órgano Electoral sugiere tres opciones para incribir a los candidatos porque considera a los departamentos con escaños pares o impares.
La Paz, Potosí, Oruro, Tarija y Pando tienen el número de escaños par por lo que no hay problemas, porque la lista puede encabezarla una mujer o un hombre.
Pero en lo que se refiere a Santa Cruz, Cochabamba, Chuquisaca y Beni que cuentan con escaños impares, el TSE establece que la preminencia corresponde a las candidatas mujeres.
Es decir, las listas de postulantes de estos departamentos necesariamente debe ser liderada por una fémina. Similar situación se presenta en la opción de los candidatos ante organismos parlamentarios supraestatales.
Sobre la postulación a las circunscripciones especiales (La Paz, Santa Cruz, cochabamba, Oruro, Tarija, Beni y Pando), hay dos opciones: en que la mujer sea titular o que el hombre pero en ambos casos los suplentes deben guardar la relación de alternacia y paridad, establecida en la mencionada norma.
182 cargos electivos son para el Senado, Diputados, especiales y representantes supraestatales.
E registro de los candidatos por internet y sus beneficios. El programa informático presentado por el TSE permitirá a cada organización contar con un código de acceso para que registre a sus candidatos de forma anticipada al cierre de inscripción que es el14 de julio.
Solo deberán ingresar el número de la cédula de identidad del candidato y se registrarán los datos al cruzarse la información con el padrón electoral.
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