El Tribunal Supremo Electoral (TSE), avaló hasta la fecha 77 solicitudes para revocar autoridades nacionales departamentales y municipales, lo que implicaría que 218 autoridades podrían perder su mandato, en caso de que la población los revoque mediante el voto.
El vocal del TSE, Marco Ayala, indicó que las autoridades que podrían ser revocadas son 168 concejales municipales, 38 alcaldes, 5 asambleístas, 1 gobernador y 5 diputados uninominales de los cuales 4 son titulares y 1 suplente.
“Hasta el momento tenemos alrededor de 177 solicitudes aceptadas con la resolución correspondiente, es decir ya sea el Tribunal Supremo Electoral, o, los tribunales departamentales electorales han emitido la resoluciones correspondientes que habilitan a los ciudadanos a continuar el trámite de recolección de firmas previo a la impresión de los formatos de los libros, estaríamos hablando de 218 autoridades”, manifestó Ayala.
El TSE fijo como fecha tope para el llenado de libros el 31 de mayo, si bien en algunos departamentos como Pando, Potosí y Chuquisaca ya comenzaron con el llenado de libros, algunos departamentos todavía no iniciaron con este trabajo en espera de la resolución que autorice el procedimiento, por lo que no tendrán los 90 días fijados por la ley.
Ayala explicó que en caso de que una autoridad sea revocada no habrá otra elección para elegir una nueva autoridad, por lo que el cargo revocado deberá ser cubierto por una autoridad interina que definirá la Asamblea Legislativa en el caso de diputados y senadores, la Asamblea Departamental en el caso de gobernaciones y los concejos municipales en el caso de Alcaldías.
RECHAZAN APELACIÓN DE REVILLA: El TSE rechazó la apelación planteada en contra del Alcalde de La Paz, Luis Revilla, por haber sido presentada por el representante legal del Movimiento Sin Miedo (MSM), cuando debería ser la autoridad cuestionada quien apele ante el Órgano Electoral explicó el vocal Ayala.
“Como Tribunal Supremo Electoral hemos conocido solicitud de revocatoria y las apelaciones que se han planteado y la decisión que se ha tomado es ratificar la resolución que emitió el Tribunal Departamental de La Paz. Evidentemente se desestima estas apelaciones en el contexto de que tomando en cuenta que dentro de los argumentos uno de ellos es que el que apela es el representante de un organización política”, señaló.
Tras esta decisión el Alcalde Revilla queda imposibilitado de apelar ante el ente electoral primero por haber transcurrido las 48 establecidas por ley y segundo porque ya se emitió una resolución avalando el llenado de libros para que sea sometido a un proceso de revocatoria.
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