22 octubre 2010

MAS aprueba ley que daría lugar a la libertad sexual entre niños de 12 años

“Se está dando libertad para que (menores de edad) tengan relaciones sexuales, (aspecto) que ha sido observado por varias instituciones como la Brigada de Protección a la Familia y la Oficina Jurídica para la Mujer”, dijo la opositora Norma Piérola.
• “Esto está dentro de las normas internacionales de acuerdo a la Convención de los Derechos del Niño y la razón es que se quiere proteger a los adolescentes para que no sean penalizados”, afirmó la oficialista, ex jueza y abogada Rebeca Delgado.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer el proyecto de Ley para la Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes que hace reformas al Código Penal y contiene un artículo que causó el reclamo airado de las organizaciones de defensa de los menores y de la oposición legislativa, ya que la norma estaría permitiendo las relaciones sexuales “consensuadas” entre menores de 12 años, informó ANF.

El Artículo 15 modifica el punto 308 del Código Penal sancionando con 20 a 30 años de prisión a quien tuviera acceso carnal con un menor de 14 años de uno u otro sexo. El siguiente párrafo de ese artículo, dicta: “Quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de 12 años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de un (1) año, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación”.

“El Artículo 15 en sus modificaciones establece que las relaciones consensuadas entre menores de 12 años son una especie de exímenos de la responsabilidad penal, como dando lugar a la interpretación de que da permisibilidad de que lo niños de 12 años puedan tener relaciones consensuadas, dando lugar a la libertad sexual, entonces no son punibles en ese caso”, dijo la diputada opositora Norma Piérola (PPB).

La asambleísta aseguró que con el Artículo 15 se da la libertad sexual a los niños y niñas, y que no se tomó en cuenta las observaciones efectuadas por organizaciones como la Brigada de Protección a la Familia, la Oficina Jurídica para la Mujer y otras de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes ya que de nada sirvieron las acotaciones para enriquecer las modificaciones.

Dijo que las modificaciones que se realizaron en la Cámara de Senadores violaron el procedimiento legislativo ya que la Cámara, según el Artículo 163 inciso 7 de la Constitución Política del Estado establece que se tiene 30 días para revisar el proyecto que viene de la Cámara de origen si no lo hace no se puede tocar el proyecto que debe ser considerado en Congreso o Asamblea conjunta y lo que se pidió fue la fecha de remisión que no se divulgó dejando de lado la observación de la asambleísta.

“Esta es una ‘ley corta’ o parche que modifica 27 artículos del Código Penal e incluye algunos otros elementos para considerarlos técnicamente punitivos ya que agrava y triplica las sanciones penales”, dijo Piérola.

RELACIONES DE MUTUO ACUERDO

Por su parte, la diputada Rebeca Delgado aseguró que el Artículo 15 busca no criminalizar a niños o niñas de la misma edad que decidan tener relaciones sexuales de mutuo acuerdo.

“Lo que se está pretendiendo es que no se penalice y victimice a las personas que puedan tener relaciones sexuales, pero que son mayores de 12 años y que no haya diferencia mayor de 1 año y lo que no se quiere es criminalizar a los adolescentes que pudieran tener relaciones sexuales consensuadas”, dijo Delgado.

La diputada explicó que la norma se encuentra de acuerdo a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y todas las convenciones que hay al respecto ya que tiene base legal y recomendó a los opositores, que vean las convenciones que existen al respecto, ya que se pretende proteger a los adolescentes para no ser criminalizados.

Delgado aseguró que lo que se ha hecho en el Artículo 15 “fue mantener lo que es la calificación y tipificación básicamente de lo que es la violación de niño, niña y adolescente sobre lo que hay bastante jurisprudencia y doctrina penal”.

CRíTICA A LA PERMISIVIDAD

La diputada Norma Piérola (CN) criticó el artículo citado porque abriría la posibilidad de una actitud permisiva para que menores de edad tengan relaciones sexuales, pese a las observaciones que según explicó, hicieron en su momento organizaciones de defensa de los niños.

“Si se están modificando estos temas y se está dando como libertad para que tengan relaciones sexuales, que ha sido observado por varias instituciones como la Brigada de Protección a la Familia, la Oficina Jurídica para la Mujer, y otras, entonces creemos que para nada han servido las disposiciones de la CPE que no son acatadas. Acá se viene a trabajar por consigna, sin tener criterio penal”, dijo.

Piérola además expresó que durante la sesión de aprobación, la bancada del oficialismo no le dejó hacer las observaciones técnicas sobre el tema, al que calificó con la figura jurídica de “estupro”.

“En el tema de violación está tipificado y agrava de 10 a 15 años, pero en el tema de los menores ya no hay violación, sino ‘estupro’ porque son menores y agrava más la sanción penal, si se dice que están exentos en relaciones consensuadas, esto ingresa en la figura de ‘estupro’”, explicó.

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