03 diciembre 2009

Los infractores serán pasibles a multas y arrestos

Los Tiempos

Con el objeto de garantizar el desarrollo de las elecciones generales y el referéndum autonómico a realizarse este domingo 6, la Corte Nacional Electoral (CNE) ha emitido una serie de regulaciones para antes, durante y después de la jornada de votación, cuyo incumplimiento será pasible a multas y sanciones.

Las resoluciones 0260 y 0261, aprobadas por la CNE el pasado 3 de noviembre, especifican las prohibiciones y sanciones que se aplicarán por la infracción de esas restricciones o faltas electorales, que vayan a cometer los jurados y notarios electorales, los funcionarios públicos y los ciudadanos en general.

Las sanciones contemplan el pago de multas que oscilan entre 150 y 1.000 bolivianos, que se convierten en días de arresto si el infractor no efectiviza el depósito del monto fijado. Así, la Corte sancionará con un día de arresto a las multas de 150 bolivianos; las sanciones de 151 a 600 bolivianos serán castigadas con dos días de arresto, y las de 601 bolivianos tendrán tres días de arresto.

Obligaciones

Quienes no se hayan inscrito en el Padrón Electoral serán sancionados con una multa de 150 bolivianos, monto que también debe ser cancelado por quienes no acrediten con el certificado de sufragio haber cumplido con la obligación del voto o los que hayan proporcionado datos falsos o incompletos al momento de inscribirse.

Los ciudadanos que inciten o realicen manifestaciones o reuniones en las proximidades de los recintos electorales en los plazos establecidos serán sancionados con la mayor multa de 600 bolivianos.

Jurados electorales

Los jurados electorales que no se presenten en sus mesas el día de las elecciones serán sancionados con una multa de 300 bolivianos y tres días de arresto.

Por otro lado, 15 días de arresto deberán cumplir los jurados que se rehúsen a firmar o consignar los resultados de la votación en las actas de apertura, escrutinio y cómputo de las mesas de sufragio. Será el doble de la pena (30 días) si por consecuencia de esta omisión se produjera la nulidad del acta.

Funcionarios

Los funcionarios o servidores públicos, judicial o empleado bancario o de empresa del sector público o privado que no exijan el certificado de sufragio para cualquier trámite dentro los 90 días después de la votación, deberán cancelar 200 bolivianos, monto que será descontado de su haber mensual.

Multas y días de arresto

* De acuerdo a Resolución 0261/2009 emitido por la Corte Nacional Electoral, ante el incumplimiento en el pago de las multas, las mismas se convertirán en días de arresto

Multa en bolivianos Días de arresto
Multa de 150 un día de arresto
Multa de 151 a 600 2 días de arresto

Multa de 601 adelante 3 días de arresto

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