24 diciembre 2009

El reglamento no contenta a los opositores ni al Gobierno

La Prensa


El reglamento emitido por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) para las elecciones departamentales y municipales del 4 de abril no contentó al Gobierno ni a la oposición.

El ministro de Autonomías, Carlos Romero, observó que la entidad electoral no hubiera incluido en su resolución la elección de las autoridades de la Asamblea Deliberativa del Chaco.

El OEP presentó el miércoles un reglamento para subsanar los vacíos jurídicos en la Ley 4021 de Régimen Electoral Transitoria, luego de que el Gobierno y prefectos opositores no pudieran llegar a consensos para modificar esa norma con el fin de viabilizar los comicios de abril y el conflicto se trasladara al Congreso.

El Ministro dijo que en el documento se debía incluir la elección de la Asamblea Deliberativa del Chaco porque la Constitución Política del Estado, en el artículo 282, establece que “simultáneamente a la elección de concejales municipales deben elegirse los asambleístas de la autonomía regional”.

El OEP, dijo, tendrá que subsanar esto porque no puede eludir el cumplimiento del mencionado artículo.

En respuesta, la vocal Roxana Ibarnegaray aclaró que no se incluyó ese punto porque no existe una convocatoria para elegir ese tipo de autoridades.

“Nos hemos basado en lo que está prescrito en la Ley 4021, que es la convocatoria a elecciones departamentales y municipales. Como no hay esa convocatoria no se ha tomado en cuenta”.

El presidente del Senado, Óscar Ortiz, y el senador por Podemos Luis Vásquez también criticaron al OEP por haber emitido ese reglamento, con el que los vocales “usurparon” las competencias del Poder Legislativo.

Ortiz observó la decisión de que los alcaldes vayan a ser elegidos por simple mayoría, lo que no tendría ninguna base constitucional ni legal vigente en el marco de la elección de candidatos municipales. Vásquez dijo que al parecer la entidad está sometida “vergonzosamente” al Gobierno.

“Es una lástima que el mayor árbitro de la democracia institucional en Bolivia hoy día tenga que ir al Palacio a recibir instrucciones y, por lo tanto, avasallar y pisotear el Congreso”.

El secretario de Justicia de la Prefectura cruceña, Vladimir Peña, anunció la impugnación a través de un recurso de revisión a la resolución del OEP porque viola la Ley 4021, al no incluir la elección de Vicegobernador que está establecido en esa norma.

La prefecta de Chuquisaca, Savina Cuéllar, calificó de “injusta” la decisión del organismo electoral al ratificar que los prefectos que busquen su reelección deben dimitir a sus cargos.

Frente a las críticas, Ibarnegaray, según Erbol, dijo que “si el Congreso quiere aprobar alguna otra (norma) puede hacerlo porque está en su competencia, pero lo que la Corte no puede hacer es parar sus actividades”.

El vocero del Gobierno, Iván Canelas, en contacto con los medios en La Paz, calificó de “perdedores” a quienes cuestionan el reglamento del OEP.

La oposición dice que el OEP usurpó funciones del Poder Legislativo.

Autoridades “provisionales”

El 4 de abril se elegirán a alcaldes y concejales “provisionales” en los 11 municipios que votaron por el Sí a la autonomía indígena el 6 de diciembre.

El reglamento para las elecciones departamentales y municipales aprobado por el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) establece que esas autoridades serán elegidas de manera “provisional” hasta que las comunas elaboren sus estatutos autonómicos en el que establezcan la forma de elección de sus autoridades.

El ministro de Autonomías, Carlos Romero, dijo que el Gobierno “comprende” esta decisión, en tanto, el OEP alega que no tiene mandato legal para convocar a otro tipo de comicios que no sea el de estructura municipal; mientras, el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq) protestó por esta decisión pues se posterga la autonomía indígena.

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