Los activistas de las plataformas del 21F fueron reprimidos por miembros de la Unidad de Tácticas Operativas Policiales (UTOP) que los sacaron a empujones de la plaza Murillo donde convocaron a dar una conferencia de prensa.
Los funcionarios de seguridad argumentaron que tienen órdenes de desalojar a personas que alteren el “orden público”, sin embargo, la actividad era un encuentro con los periodistas.
EL DIARIO consultó a los cinco policías sobre el atropello que hacían contra los activistas y dijeron: “Alteran el orden público, son instrucciones del centro, porque gritan y eso va en contra el orden; los otros que dan conferencias no gritan al dar sus conferencias, además donde termina el derecho de uno comienza del otro”.
Este hecho fue denunciado por los propios activistas que afirmaron que una vez más sus derechos constitucionales son vulnerados por la Policía.
La Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 21 numeral 7 dice: “las bolivianas y bolivianos tiene los siguientes derechos (…) a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio bolivianos, que incluye salidas e ingreso al país”.
La activista Angélica Siles, señaló que la represión de los policías, es una muestra de lo que está viviendo el país, un régimen represor de la libertad de expresión.
“Una vez más sufrimos la represión e intolerancia del Gobierno que ordena no dejar que nadie más hable en la plaza Murillo que los masistas. Pero igual vamos a continuar, nuestra presencia es para demostrar una vez más que la Ley de Organizaciones Políticas es inconstitucional”, manifestó.
Las intenciones de los activistas de las plataformas ciudadanas era dar una conferencia de prensa denunciando la inconstitucionalidad de la Ley de Organizaciones Políticas y haciendo uso de la libertad de expresión.
“El Estado garantiza a las bolivianas y bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y al réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”, señala en el capítulo séptimo de Comunicación Social de la Constitución.
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