11 febrero 2018

CIDH admitió demanda contra Gobierno por referéndum 21F

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió la demanda contra el Estado boliviano que presentaron los activistas de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB) y los ex defensores del Pueblo, Rolando Villena y Waldo Albarracín, la demanda está enmarcada el incumplimiento de los resultados del referéndum del 21 de febrero del 2016 y la habilitación del presidente Evo Morales para la reelección indefinida.

“Hace unos cinco días que nos han comunicado oficialmente que ha sido admitida nuestra demanda y prometen una resolución en cinco semanas, cumplió los requisitos por eso mismo ha sido admitida”, confirmó el periodista y activista de DDHH, Remberto Cárdenas que suscribió la denuncia.

La demanda fue presentada ante la instancia internacional el pasado 31 de enero, donde se denuncia la violación a los resultados del referendo constitucional y el fallo que emitió el Tribunal Constitucional Plurinacional que fue cuestionado por la población, debido a que vulneró la Constitución Política del Estado.

ANTECEDENTES

El 28 de noviembre el TCP emitió una sentencia donde habilita al presidente Evo Morales a la reelección consecutiva, fundamentada en “la aplicación preferente” del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que se refiere a los derechos políticos de todos los ciudadanos.

El artículo 256 de la Constitución Política del Estado (Bloque de Constitucionalidad) establece que los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta.

DEMANDA

El documento presentado ante la CIDH hace referencia a la aprobación de la Constitución Política del Estado en el 2009, el referéndum constitucional del 21 de febrero de 2016, que explica los resultados que se generaron en rechazo a la repostulación de Morales y por último la sentencia del TCP del 28 de noviembre del 2017.

Se hace énfasis en la vulneración del artículo 23 de la Convención, de ese modo señala que “…dicho instrumento permite la prohibición de una reelección indefinida no forma parte de las causales supuestamente taxativas que enumera el 23.2 para restringir los derechos políticos”.

De tal manera, en criterio de la demanda, el Tribunal Constitucional usurpa las funciones de la Corte Interamericana al ir en contra de los artículos 29 y 62 del Pacto de San José de Costa Rica. Expresa que se suprime el goce y el ejercicio de los derechos políticos, a través de la actuación ilegal e ilegítima del TCP, el cual prueba la reiterada vulneración de los derechos de las víctimas.

Tras estas argumentaciones del documento, que tiene 17 páginas solicitan a la instancia internacional que aplique el artículos 29 del reglamento, considerando que la decisión de esta instancia puede tener un efecto para remediar una situación estructural.

Además, que puede tener un efecto para garantizar la democracia en Bolivia y el estado de derecho, al reivindicar los derechos vulnerados de millones de personas que emitieron su voto en el referendum constitucional.

DENUNCIADOS

Los denunciados son los miembros del TCP, por vulnerar los resultados del referéndum, el Presidente Evo Morales y el Vicepresidente Álvaro García, quienes de manera adelantada realizaron acciones que daban por hecho que serían habilitados para su repostulación indefinida.

Los legisladores oficialistas que presentaron el recurso de inconstitucionalidad abstracta ante el TCP para que declare la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Régimen Electoral e inaplicable los enunciados de la Constitución, también fueron denunciados en esta demanda

Por último, Remberto Cárdenas recordó que frente a la denuncia formal ante la CIDH se inició una campaña convocando el respaldo de la ciudadanía que votó contra la reelección en el referendo del 21 de febrero de 2016 e insistió que la adhesión debe ser personal portando la certificación de la votación.

“La campaña está en curso, quienes votaron en contra de la reelección pueden adherirse a la demanda internacional a título personal, porque lo que se reclama es que el Estado boliviano está desconociendo el voto de ciudadanas y ciudadanos que mayoritariamente dijeron no a la reelección”, puntualizó.

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