El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió un fallo en el que acepta los argumentos del Gobierno y permite que los actos públicos en los que aparecen autoridades puedan ser transmitidos por canales de TV y radioemisoras sin límite de tiempo, dejando nulo el Reglamento para la Campaña y Propaganda Electoral en referéndum, cuyo artículo 24 establecía que la transmisión no podía superar los 15 minutos cada uno.
El Gobierno interpuso un recurso de inconstitucionalidad, por considerar que ese aspecto vulnera el derecho a la libertad de expresión.
Según ABI, el TSE emitió ese reglamento para intentar equilibrar el acceso de las distintas fuerzas políticas a los medios de comunicación. El Presidente y el Vicepresidente suelen participar de cuatro o cinco entregas de obras cada día, ocupando varias horas de transmisión de los medios estatales. Estos medios no transmiten los actos políticos o entregas de obras de autoridades opositoras.
La decisión fue asumida horas despues de que se emitió la primera sanción contra el canal estatal Bolivia TV, que difundió 42 minutos de un acto de entrega de obras del presidente Evo Morales, por lo que tendrá que pagar 87.480 bolivianos.
De manera extraoficial se supo que la decisión fue asumida en Sala Plena del ente constitucional, luego de escuchar el proyecto del magistrado relator, que desde hace varias semanas revisó el caso. El Tribunal Electoral ratificó en su momento la legitimidad del límite a las transmisiones.
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