10 abril 2015

TED Chuquisaca admite que ocultó resolución

La presidenta del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, Elizabeth Quispe, indicó ayer que la resolución 61/2015 es válida sólo para el cómputo de votos en las candidaturas a la Gobernación de esa región, según reportó el diario digital Oxígeno.

Quispe admitió que intencionalmente no publicaron esta resolución para evitar confusión en los votantes.

“El señor candidato del FRI ya no estaba figurando (en la lista de candidatos) entonces no colocamos nosotros la parte tercera de la disposición 61, porque si colocábamos ese párrafo, la gente iba a inducirse en error al momento de sufragar su voto, es decir si no iba el FRI, no iban a votar por los demás candidatos”, mencionó.

La autoridad afirmó que el documento se aplicará sólo para los cómputos de los candidatos que renunciaron, concretamente el caso de Adrián Valeriano, quien postulaba a la Gobernación por el Frente Revolucionario de Izquierda (FRI) y renunció seis días antes de los comicios.

Con esta determinación se aleja la posibilidad de una segunda vuelta en Chuquisaca para la elección de gobernador y quedaría como autoridad electa el candidato del Movimiento Al Socialismo, Esteban Urquizu, dejando fuera a Damián Condori, de Chuquisaca Somos Todos (CST)

El artículo tercero de la normativa que fue hecha pública el martes establece que: “Los votos consignados a favor de franjas electorales sin candidaturas sustitutas registradas hasta el 25 de marzo (…) por inhabilitación, fallecimiento impedimento permanente, incapacidad total o por renuncia serán consignadas con fines estadísticos en el Acta de Computo Departamental”.

Marcha y apelación

La alianza CST anunció que hoy realizará una marcha de protesta en defensa de la democracia y del voto ciudadano.

Condori dijo además que acudirá a todos los recursos legales para revertir las decisión de TED, incluso apelará al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

De esta manera, quedaría en manos del TSE decidir si Chuquisaca va o no a la segunda vuelta para la elección del gobernador.

El vocal del TSE, Ramiro Paredes, señaló que debido a que la administración de los procesos subnacionales son de competencia de los Tribunales Electorales Departamentales, la solución a conflictos o procesos contenciosos en los departamentos deben ser resueltos en ese nivel, cuando la resolución que se emita no satisfaga al demandante.

Figuran como votos válidos

El pasado 26 de marzo, tres días antes de las elecciones, el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca decidió mediante resolución firmada por tres de sus cinco vocales que los votos para gobernador a favor del renunciante candidato del Frente Revolucionario de Izquierda (FRI) debían ser contados solo “para fines estadísticos”. Ello implica que el 3,8 por ciento de los sufragios emitidos se convertirá en votos no válidos o nulos. Pese a ello, desde el primer día del cómputo hasta ahora, el TED publica en la página web de la institución estadísticas en las que los votos del FRI compiten con los de las demás siglas.

Los votos de las agrupaciones sin candidatura iban a ser consignados sólo con fines “estadísticos” y no válidos para el cómputo departamental. La resolución que decidió ello fue conocida 13 días después de firmada. En contraste, el TED de Beni no computó la votación de Unidad Demócrata (UD) dentro de los votos válidos y tampoco registró su sigla en la infografía de la web.



JORGE LAZARTE Y SILVIA SALAME

Analistas: Los vocales se arriesgan a procesos

Los vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca son pasibles a procesos, incluso penales, por aprobar la resolución 061/2015 que convertiría los votos a favor del Frente Revolucionario de Izquierda (FRI) en no válidos.

El analista y exvocal de la otrora Corte Nacional Electoral, Jorge Lazarte, señaló que declarar que el voto del ciudadano sólo tiene sentido para fines estadísticos, es burlarse del principio básico de un proceso electoral; pero además, dijo que se “inventaron una figura jurídica que no existe en la ley electoral. Entonces esto es una arbitrariedad”.

“Es el problema de todo el organismo electoral en Bolivia, el reemplazar el razonamiento jurídico con el político para resolver problemas políticos que son los temas electorales. Esto es lo que se evidencia en la resolución, se ha conocido por lo que se sabe tardíamente, pero que tiene graves problemas de legalidad”, dijo.

Aseguró que según la normativa, el voto del ciudadano no es para el candidato, sino para una organización política. Pero además pone en claro que hay otro agravante, el disponer que en el acta de escrutinio se cuenten los votos como estadísticos está induciendo a alterar los resultados, que según la ley electoral son definitivos e irrevisables, por lo tanto sería un delito electoral.

Por su parte, la exmagistrada del Tribunal Constitucional, Silvia Salame, dijo que según las leyes bolivianas sólo existen tres tipos de votos: el válido, nulo y blanco. “No hay ninguna autoridad que pueda crear nuevos tipos de votos, entonces inventarse no válidos, eso no existe”.

Aseguró que el proceso electoral podría ser anulado por el accionar de los vocales, debido a que vulneraron no sólo las normas electorales sino también la Constitución Política del Estado. Por lo tanto, las autoridades que firmaron la resolución 61/2015 son pasibles a procesos, incluso penales.

“Los vocales debe regir sus actos a las normas, pero ellos jamás pueden cambiar los votos y convertir un voto válido en nulo”, aseveró.

Dijo que con la resolución se vulneran también los derechos políticos de los ciudadanos, y con esta acción, la organización política que se sienta afectada puede iniciar una acción judicial.

Aseguró que nadie en Chusaca estaba informado que su voto en favor del FRI se convertiría en un voto no válido.

“Yo me siento engañada”, dijo Salame debido a que ella emitió su voto en ese departamento.

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