Hasta las instalaciones del Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz (TED) llegaron centenares de personas que no votaron, con el propósito de iniciar el trámite para que le entreguen el certificado de sufragio.
Dolly Ortíz, vicepresidenta del TED, manifestó que desconoce la cantidad de personas que no emitieron su voto debido a errores en sus datos, porque esta situación corresponde ser respondida por el Servicio de Registro Civil (Sereci).
Las personas que no justifiquen los motivos por los que no acudieron a ejercer el derecho del voto serán sujetas a una multa económica del 25% del salario mínimo nacional.
De acuerdo con el calendario electoral, las personas que por diferentes motivos no lograron votar deben apersonarse a los diferentes tribunales departamentales desde el lunes 30 de marzo hasta el miércoles 29 de abril, en apego al artículo 154 de la Ley 026 del Régimen Electoral, previa presentación de un justificativo que acredite el motivo por el cual no pudo emitir su voto en las elecciones subnacionales.
¿Para qué sirve el certificado de sufragio?
Desde la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), se instruyó a las entidades financieras que por el lapso de tres meses deberán pedir a las personas que realicen una transacción financiera, su certificado de sufragio como requisito indispensable.
Las personas que quieran tramitar sus pasaportes para realizar algún viaje, no podrán efectuarlo si es que no presentan el certificado de sufragio.
Además, el documento forma parte de un requisito indispensable para las personas que pugnen por ocupar un cargo público.
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