25 febrero 2015

Prohibiciones para la propaganda electoral Sin símbolos patrios, niños o entrega de obras

Las candidatas y los candidatos podrán promocionarse desde los medios de comunicación en todos los departamentos y provincias a partir del próximo viernes 27, de acuerdo al Calendario Electoral, pero cumpliendo ciertas restricciones entre las cuales está vetado el uso de símbolos patrios, imágenes con niños o entrega de obras, de acuerdo a la Ley 026 de Régimen Electoral. No especifica normas para el uso del internet.

El artículo 119 de la Ley de Régimen Electoral establece 13 prohibiciones para la difusión de propaganda electoral.

La primera es que dichos anuncios sean anónimos. Tienen que tener su respectiva identificación y el medio identificar la propaganda como ‘aviso solicitado’.

También se prohíbe que esté dirigida a provocar abstención electoral. La tercera prohibición dice que no se puede atentar contra la honra, dignidad o la privacidad de las candidatas o candidatos o de la ciudadanía en general.

La quinta prohibición es que la propaganda electoral no puede promover la violencia, discriminación y la intolerancia de cualquier tipo. Asimismo prohíbe el ofrecimiento de dinero prebenda de cualquier naturaleza.

El uso de los símbolos patrios de Bolivia o el empleo de las imágenes de autoridades de otros países está totalmente prohibido.

Tampoco se puede emplear directa o indirectamente símbolos o referencias religiosas de cualquier naturaleza o credo.

Otro aspecto que está prohibido es el uso de símbolos, colores, lemas, marchas, imágenes o fotografías de otras organizaciones políticas o candidaturas.

La ley también prohíbe el uso de imágenes de niños, niñas y adolescentes o emplee como apoyo imágenes de la entrega de obras públicas, bienes, servicios, programas o proyectos.

Los partidos y postulantes tampoco podrán usar los datos de las encuestas o estudios de opinión con fines electorales.

El Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) es la instancia encargada de monitorear a los medios de comunicación y velar porque las prohibiciones se cumplan.

En caso de incumplimiento, los infractores serán pasibles a sanciones de carácter económico tanto las organizaciones políticas, como el medio de comunicación.

Las sanciones a los medios de comunicación consisten en multas económicas, según el tiempo de difusión del contenido y vetar a medios durante dos procesos electorales.

El 29 de marzo, mediante voto democrático, todos los bolivianos elegirán a nueve gobernadores y 339 alcaldes en todo el país.

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