07 octubre 2014

TSE prohíbe uso de celulares en votación

Los celulares, tabletas electrónicas (tablets), computadoras portátiles, cámaras fotográficas o de filmación están prohibidos dentro del recinto donde las personas emitirán su voto el 12 de octubre, día de las elecciones generales, de acuerdo a un instructivo que emitió ayer el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

La intención de esta orden es impedir que las personas puedan capturar la imagen de la papeleta de sufragio y el voto electoral porque el mismo es secreto por norma constitucional.

La circular emitida por el Órgano Electoral está dirigida a los Tribunales Departamentales Electorales, Notarios Electorales y Jurados de Mesa de Sufragio quienes están en la obligación de hacer cumplir la normativa el día de las elecciones tanto en Bolivia como en los recintos de los 33 países donde los residentes bolivianos emitirán su voto.

De su parte, la vocal del TSE, Dina Chuquimia, recalcó esa disposición. “Está prohibido el ingreso con celulares a los recintos donde se va a sufragar. Los jurados electorales deberán prever esta prohibición. Sabemos que pueden influenciar con una fotografía y utilizar a través de las redes sociales para influenciar a otros ciudadanos que no han emitido su voto todavía”.

La Constitución Política del Estado, en su artículo 26 parágrafo II, numeral 2 que señala que el derecho a la participación política comprende el sufragio, mediante voto igual, universal, directo, individual, secreto, libre y obligatorio.

REQUISITOS

Los ciudadanos y ciudadanas en edad de votar al momento de sufragar el domingo deben portar de forma obligatoria su Cédula de Identidad para ser habilitados, siendo este un requisito indispensable, según el TSE.

Los otros documentos como el pasaporte o la libreta de servicio militar ya no cuentan para emitir el voto como en anteriores elecciones “porque todos los ciudadanos se han registrado con su Carnet de Identidad en los últimos empadronamientos”.

Si algún ciudadano se registró en el empadronamiento del 2011 con pasaporte o libreta de servicio militar, necesariamente deberá llevar su C.I. para sufragar, indicó Chuquimia.

PROHIBICIONES

De acuerdo al Calendario Electoral, a partir del 9 de octubre hasta el 12 está prohibido que las organizaciones políticas hagan campaña electoral tanto en vías públicas como en medios de comunicación.

“Lo que significa que por lo menos esos tres días previos a la elección le tenemos que dar al ciudadano un poco de respiro para que piense, analice y el domingo vaya a votar en las mejores condiciones posibles sin mayor influencia de uno u otro candidato”, explicó Chuquimia.

De la misma manera está prohibida la venta de bebidas alcohólicas en todo el país en el marco del Auto de Buen Gobierno que dictarán las gobernaciones y municipios.

Asimismo el transporte de personas de un lugar a otro y la circulación de vehículos públicos y privados no está permitida la jornada electoral, salvo los autorizados por el Órgano Electoral.

INFORMACIÓN

Las personas que aún no tienen conocimiento del recinto electoral donde deben emitir su voto o su mesa electoral, el TSE informó que se habilitó un link en su página virtual donde están las listas de las mesas de sufragio. Para acceder a esa información se debe colocar el C.I. y la fecha de nacimiento.

Otra manera de informarse es llamar al número telefónico 800101771 para saber el lugar de votación.

DERECHO

Por Ley 026 el ejercicio del sufragio que es un derecho. El voto en la democracia boliviana es:

Igual, porque el voto emitido por cada ciudadano y ciudadana tiene el mismo valor.

Universal, porque las ciudadanas y los ciudadanos, sin distinción alguna, gozan del derecho al sufragio.

Directo, porque las ciudadanas y los ciudadanos intervienen personalmente en los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato; votan por las candidatas y candidatos de su preferencia y toman decisiones en las consultas populares.

Individual, porque cada persona emite su voto de forma personal.

Secreto, porque la Ley garantiza la reserva del voto.

Libre, porque expresa la voluntad del elector.

Obligatorio, porque constituye un deber de la ciudadanía.

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