11 octubre 2014

Las 18 consultas más comunes del elector

¿Qué documentos son válidos para votar?, ¿qué sanción hay para las personas que no voten? y ¿dónde acudir en caso de estar en la lista de las personas inhabilitadas? son algunas de las preguntas más frecuentes que se hacen los ciudadanos a escasas horas de empezar la jornada eleccionaria y las mismas que son resueltas por el diario EL DEBER en su edición de hoy.

En el código electoral existen sanciones económicas para las personas que están registradas en el padrón electoral y que no acudieron a sus recintos a sufragar, explica las causales para anular una mesa y qué pasos seguir ante la ausencia de los jurados electorales para abrir una mesa.

También recuerda los derechos que tienen los jurados después de haber cumplido esa función, explica para qué sirve un certificado de impedimento y dónde tramitar dicho material, además indica qué personas tienen preferencia a la hora de emitir su voto.

Los delegados políticos podrán estampar su firma y sello en la papeleta de votación, pero la ausencia de los mismos no es causal para invalidar una papeleta de votación. Según las normas, los votantes con capacidades especiales pueden ingresar a los recintos de sufragio acompañados de otras personas

1¿Dónde puedo pedir información sobre mi recinto electoral?
Puede llamar a los números telefónicos 333-6060, 333-6067 y al 333-6068. También puede ingresar a la página web: www.oep.org.bo

2¿Qué documentos son válidos para votar?
El carné de identidad, aunque esté caducado, y la libreta de servicio militar son válidos para sufragar. Los carnés que tienen el rótulo de República de Bolivia también son válidos para votar.

3¿A partir de qué hora puedo ir a votar?
Desde las seis de la mañana los recintos estarán funcionando y deberán cumplir ocho horas laborables continuas desde la apertura de la mesa y que no haya electores esperando su turno para votar.

4¿Quiénes tienen preferencia a la hora de votar?
Los ciudadanos (a) mayores de 60 años, personas enfermas, mujeres embarazadas o con bebés menores de un año, personas con necesidades particulares y los candidatos.

5¿Qué personas pueden ingresar al recinto acompañadas?
Las personas con necesidades particulares o mayores de 60 años que lo requieran expresamente podrán recibir asistencia para emitir su voto.

6¿Cuándo se suspende la votación?
Cuando exista desorden grave que impida continuar con la votación el jurado de mesa podrá suspender ese acto, hasta que cese la causa de la suspensión. El secretario de la mesa debe registrar en el acto los hechos del desorden.

7¿Cuándo se anula un voto?
Cuando viole el principio del voto secreto, se intente depositar una papeleta distinta a la que se le fue entregada o cualquier otro documento u objeto. También puede ser anulado si es que el voto es emitido mediante coacción, intimidación, inducción o persecución de un tercero o cuando se emita un voto en presencia de otra persona, salvo el voto asistido.

8¿Está permitida la presencia de delegados políticos?
Los delegados de organizaciones políticas acreditadas en la mesa de sufragio pueden firmar y estampar su huella dactilar en las papeletas. La ausencia de firmas y huellas de delegados no invalida las papeletas ni el proceso de votación.

9¿Está permitido el uso de celulares o cámaras fotográficas en el recinto?
El uso de cualquier dispositivo electrónico de captura de imagen, como teléfonos celulares, tabletas o cámaras digitales, está prohibido en el momento en que cualquier ciudadano ingrese al aula de votación.

10¿Qué tipo de sanción se aplica para la persona que no votó?
La multa económica equivale al 25% del salario mínino nacional, además que tendrá un impedimento para hacer trámites administrativos o postular a un cargo electivo.

11¿Para qué sirve un certificado de impedimento?
Con este documento demuestra que, pese a estar habilitado para votar, no lo hizo por alguna razón de fuerza o caso fortuito. Ese documento se tramita ante un notario electoral en el recinto de sufragio o en las instalaciones del Tribunal electoral de cada región.

12¿Qué pasa cuando no existe el mínimo de tres jurados de mesa?
Si hasta las nueve de la mañana no se instala la mesa de sufragio por falta de jurados, por lo menos tres, el notario electoral debe elegir nuevos jurados entre los votantes que estén en la fila. La designación será mediante sorteo.

13¿Quienes son los primeros en votar?
Las primeras personas en emitir su voto serán los miembros del jurado presentes en ese momento.

14¿Puedo ir a votar vestido con los colores de un partido político?
No está permitido el uso de la vestimenta que identifique a un partido político o ingresar al recinto con una gorra o bandera de un frente político. Los jurados evitarán eque los votantes infrintajan esa normativa.

15¿Cuáles son mis derechos como jurado de mesa?
Las personas que fueron designadas jurado de mesa percibirán un estipendio, que será determinado por el TSE, tomando en cuenta todas las actividades en las que participen. Al día siguiente hábil al de la elección, tendrán asueto laboral tanto en el sector público como en el privado.

16¿Qué pasa si no se abre una mesa hasta las 10 de la mañana?
Si hasta esa hora no se puede constituir una mesa de votación, el notario hará la devolución del material de sufragio al Tribunal Electoral Departamental. En este caso, no se procederá a una nueva votación y la mesa será computada sin consignar ningún resultado.

17¿Qué pasa si estoy inhabilitado?
En caso de que una persona esté en la lista de inhabilitados o no se encuentre en los registros, podrá apersonarse a un punto de información, ante la notaria o ante el guía electoral para conocer su situación o sentar denuncia. Si existiera un error en los datos, el jurado evaluará si se le permite o no votar.

18¿Qué se hace con el material sobrante?
Los jurados anularán las papeletas y certificados de sufragio no utilizados, recogen el material electoral y lo resguardan. El jurado se traslada, junto con el material, al lugar asignado para realizar el escrutinio.

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