12 octubre 2014

#BoliviaDecide El Error de la Papeleta es un error de Forma??

El Abogado Ivan Laime comento en su cuenta de Facebook
De acuerdo a la Ley 026, artículo 138 el Tribunal Supremo Electoral es el responsable del DISEÑO, IMPRESION y DISTRIBUCION del material electoral. La Papeleta de Sufragio "su DISEÑO y CONTENIDO" son aprobados por el TSE (art. 139), y debe contener una serie de requisitos ESENCIALES, el nombre del Estado Plurinacional de Bolivia, no es un requisito esencial de acuerdo a la Ley. Sin embargo de acuerdo al artículo 238 inciso e), si se incluye en una PAPELETA un dato falso se incurre en un delito ELECTORAL. Primer hecho, el TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL los 7 VOCALES son responsables del DISEÑO e IMPRESION, así lo establece la Ley. Segundo hecho, el error o dato falso no son esenciales y por tanto no afectan al proceso electoral. Tercer HECHO, cometieron un delito electoral. Queda por definir si existió "dolo" o si solo fueron negligentes, y la pregunta legal mas importante que daño causo esta falsedad ??? Si no causo daño, no hay delito. Es solo una vergüenza, una chambonada, son unos crudos, o su negligencia debe ser sancionada???

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