30 agosto 2014

Paredes: TSE no está obligado a indagar pruebas

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) no tiene la obligación de investigar si las pruebas sobre una denuncia electoral son lícitas o no, puesto que, según el vocal Ramiro Paredes, no se puede dudar de quien está presentando una determinada acusación.

La declaración del vocal Ramiro Paredes se da después de que el TSE emitiera la resolución 355 que exigía al Movimiento Sin Miedo (MSM) retirar el spot publicitario “Bolivia Centro Energético de Sudamérica”, que no era de su autoría.

El TSE mostró ayer ante los medios de comunicación el corto que ordenó retirar al MSM para justificar la Resolución 355/2014. El mensaje que emite Juan del Granado se refiere a las billeteras de autoritarios y millonarios.

“¿Deben observar ustedes que hay una bandera del MSM?, ¿se ve los símbolos del MSM? No solamente se ve la imagen de un candidato. Por lo tanto, dentro de la evaluación que el Tribunal ha hecho sobre esta prueba, se ajusta a las prohibiciones adicionales que se emitió el 18 de agosto”, afirmó la presidenta del TSE, Wilma Velasco.

Juan del Granado denunció que el TSE había ordenado al MSM retirar un spot que nunca había elaborado e inició un proceso penal al respecto.

El candidato argumentó que el Tribunal prohibió un spot titulado Bolivia centro energético de Sudamérica, tema que él nunca abordó. Del Granado, calificó hoy de “confundidos” a los vocales del Tribunal Electoral. “Ellos van a administrar la suerte del país. En medio de su confusión van a matar, robar o falsificar”, dijo.

Consultada sobre los consideraciones de la resolución respecto al título del corto publicitario y de la voz de Samuel Doria Medina que se escucha en el corto, dijo que lo único que se evaluó fue la imagen de Del Granado en el mensaje emitido.

“Éste es el título o el inicio del documento, ya sobre esta base el TSE, es la prueba que se presenta, entonces eso es lo que adjuntan en el video, evaluamos lo que está en la prueba y es en esa línea lo que viene a ser el disco compacto.

Hemos puesto ese título “Bolivia centro energético de Sudamérica” porque debemos denominarlo algo para resolver un caso y luego la Sala Plena escucha absolutamente toda la nota que hace el candidato y lo que hacemos es evaluar ello y obviamente se adecúa a las prohibiciones adicionales que hemos emitido y por ello se dispone que se suspenda la emisión de este spot”.

Sin embargo, la Presidenta del TSE no pudo absolver las consultas respecto a por qué el cartón introductorio de la nota “Bolivia centro energético de Sudamérica” lleva la identificación del Ministerio de Comunicación y el motivo por el que no se escucha la voz del también candidato opositor, Doria Medina.

Ustedes investiguen

“Bueno ustedes tienen que investigar esta situación... Nosotros sólo resolvemos y suspendemos el spot, ¿dónde está la irregularidad? Evidentemente hay una parte considerativa, relación de hechos ya dentro de la relación de hechos había supuestamente la voz del candidato, pero no nos hemos pronunciado sobre la voz del candidato Doria Medina, nos hemos pronunciado sobre la imagen que se utiliza en este video que es la imagen de un candidato sobre eso nos hemos pronunciado en esta resolución”.

Horas antes, el director del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), Juan Carlos Pinto, manifestó que su despacho no remitió informes sobre la denuncia contra el MSM para que la Sala Plena emita una resolución.

“Como jueces no investigamos”

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) no tiene la obligación de investigar si las pruebas sobre una denuncia electoral son lícitas o no, puesto que según el vocal Ramiro Paredes, no se puede dudar de quien está presentando una determinada denuncia.

La declaración del vocal Ramiro Paredes se da luego de que en pasados días el TSE emitiera la resolución 355 que exigía al Movimiento Sin Miedo (MSM) retirar el spot publicitario “Bolivia Centro Energético de Sudamérica”, que no era de su autoría.

“Cuando adjuntan la prueba nosotros no podemos dudar de la prueba que adjunta la persona denunciante o la institución que está presentando la denuncia, como jueces no nos corresponde investigar. Nosotros no tenemos la obligación, somos jueces, tenemos que tomar la decisión en el momento oportuno, pero no tenemos la obligación como jueces de investigar si la prueba es lícita o no es lícita”, afirmó Paredes a PAT. El vocal aclaró que en el caso que una prueba no sea real, la responsabilidad recae en quien presentó la denuncia.

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