La ministra Suxo, quien ante la comisión de fiscales señala en su declaración testifical, haber nacido en la ciudad de La Paz, provincia Murillo, cuenta con una partida de nacimiento realizada 6 años antes a la inscripción en esta ciudad, emitida en la localidad de Pomata, provincia de Puno en Perú.
Ximena Suárez
Según el Servicio de Registro Civil, la actual ministra de Transparencia Institucional y Lucha contra la Corrupción, Nardi Elizabeth Suxo Iturry, cuenta con una doble partida de nacimiento, ya que la autoridad habría nacido en la localidad de Pomata, en Puno- Perú, donde fue inscrita inicialmente, pero luego, años más tarde, fue ingresada al registro civil nuevamente como si hubiese nacido en la ciudad de La Paz, incurriendo en este sentido, según los entendidos, en un delito de falsedad y usurpación, motivo por el cual no debería estar a cargo de un Ministerio, en especial el que ella representa.
La ministra Suxo, quien ante la comisión de fiscales señala en su declaración testifical, haber nacido en la ciudad de La Paz, provincia Murillo, cuenta con una partida de nacimiento realizada 6 años antes a la inscripción en esta ciudad, emitida en la localidad de Pomata, provincia de Puno en Perú. Esta documentación actualmente se encuentra con observaciones, ya que al no contar con un sello consular sería también ilegal y mas la sobreinscripción está doblemente observada en el Oficialía de Registro Civil Boliviana.
Consulado sobre el tema, el abogado constitucionalista José Sanjueza, señaló que de existir doble inscripción en el Registro Civil, Suxo no debería estar en un cargo jerárquico, toda vez que sus actuaciones carecen de legalidad. El jurista explicó que para acceder a un cargo público, cualquiera que fuere, en especial los de alto rango en el Gobierno, el aspirante debe ser de nacionalidad boliviana.
Sin embargo, al existir irregularidades en la documentación de identidad, esto compromete no solo el trabajo, sino también la legalidad de todos los actuados que este aspirante en particular realizó desde, incluso, la época escolar.
“Como primordial tenemos el derecho a la identidad y partir de ello vamos forjando un currículo de vida, por así decirlo. Si yo nací en un lugar, me inscriben y tengo la documentación y luego me inscriben en otro y coloco ese nuevo lugar de nacimiento incurro en un delito, porque estoy mintiendo sobre mis orígenes y esta mentira se repetirá al arrastrarla a través de los años y no regularizar esta documentación”, apuntó.
El jurista recalcó que constitucionalmente toda persona que cuente con la nacionalidad boliviana puede acceder a un cargo público, salvo algunas excepciones, como el caso de la elección presidencial, donde es imperativo que el postulante sea nacido en el país. Sin embargo, ante ciertas irregularidades, como la nacionalidad o la alteración de los certificados de nacimiento, estas personas no deberían ser tomadas en cuenta para este tipo de cargos.
“Si tiene doble inscripción obviamente que no puede ser ministro, si estas dos partidas de nacimiento están vigentes, esta señora incurre en un delito al ejercer ese cargo, eso se llama usurpación de funciones. No conozco el origen de la señora Suxo, pero si en una partida dice Pomata- Puno y en la otra La Paz- Murillo, obviamente que esta señora es absolutamente no boliviana, la partida tiene que mostrar un solo lugar de nacimiento, ya sea por trámite judicial, donde se adquiere la nacionalidad o por nacimiento de origen”, subrayó.
Sobre el tema, el abogado penalista Daniel Hoyos Justiniano, apuntó que si bien existen atenuantes sobre el tema de las dobles inscripciones, problema que es muy común en la actualidad, el tema del cambio del lugar de nacimiento es un delito, toda vez que una persona no puede nacer en dos lugares y al ser contradictorios estos documentos, ambos carecen de legalidad.
“Ya sea aquí o en la China, una persona solo puede nacer en un lugar, no en varios, y por ello al inscribirlo se coloca el lugar, fecha y hora de nacimiento. Ahora si esta persona es reconocida por otro padre, o adquiere otra nacionalidad, de igual modo su lugar de nacimiento se mantendrá, solo cambiarán pequeños aspectos legales que le darán nuevos derechos”, explicó.
El jurista ratificó que al no existir una concordancia entre documentos, ambos son ilegales y por tal motivo toda la documentación sacada o emitida a partir de ellos, es también ilegal.
“El carné de identidad, libretas de colegio, títulos de estudio básicos, universitarios, etc. todo incurre en lo mismo, porque el origen está maleado. Una cosa es contar con doble nacionalidad, otra con doble partida y otra muy diferente que estas partidas estén alteradas, ya que en las dos primeras, son situaciones subsanables y entendibles, mientras que en la última se incurre en el delito de falsedad material y uso de instrumento falsificado, que es punible y tiene una pena de 5 a 8 años de cárcel”, afirmó..
No hay comentarios:
Publicar un comentario