“Fue promulgada el 11 de julio y publicada en la Gaceta el 12 de julio, entonce la ley entrará en vigencia y compete al Ministerio de Comunicación llegar a un acuerdo con los medios de comunicación sobre el tema de que no se puede hacer publicidad en programas de deportes y otros”, informó la ministra de Comunicación, Amanda Dávila.
Aseguró que el llamado se realizará la próxima semana para trabajar sobre el horario restrictivo para la emisión de publicidad de bebidas alcohólicas. La norma prohíbe la difusión de propaganda de alcohol entre las 06.00 y las 21.00.
También establece que los gobiernos municipales tienen 90 días, desde la promulgación del documento, para elaborar normas locales, a fin de hacer cumplir la prohibición de venta y consumo de bebidas alcohólicas en las horas establecidas.
La norma define, además, reglas para el funcionamiento de los locales de expendio de bebidas, que no podrán vender licor entre las 03.00 y las 09.00.
En cuanto a las sanciones, la nueva normativa determina que las personas que consuman licor en compañía de menores de 18 años de edad serán sancionadas con una multa de 881 bolivianos o con trabajos comunitarios. Similar multa pagarán aquellos que caminen por las calles en estado de ebriedad en compañía de menores de edad.
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