Los extranjeros residentes en Bolivia que cuenten como mínimo con dos años de residencia podrán votar sólo en las elecciones municipales y para concejales del 4 de abril.
El artículo 27 de la Constitución Política del Estado indica que; “las extranjeras y los extranjeros residentes en Bolivia tienen derecho a sufragar en las elecciones municipales conforme a la ley, aplicando principios de reciprocidad internacional”.
El Código Electoral en su artículo 93 también señala que “hombres y mujeres mayores de dieciocho años, así como los extranjeros con residencia de dos años y que se encuentren registrados en el Padrón Nacional Electoral” podrán sufragar.
El presidente del CDE, Joaquín Pérez indicó que este derecho de los residentes extranjeros ya fue cumplido en varias elecciones. Explicó que el día de la votación en cada una de las mesas de sufragio se contará con un listado de colores que contendrá los nombres de los residentes extranjeros y que estos solamente recibirán la papeleta para las elecciones municipales y no así para las prefecturales, por las que también votarán los bolivianos el 4 de abril.
Informó que para inscribirse en el padrón biométrico y para sufragar los residentes en Bolivia deben presentar su cédula de identidad otorgada por la Policía Nacional, pues este es el único documento valido.
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