Mediante Decreto Supremo 2294 del 18 de marzo se autoriza para que los montos para las contrataciones directas de bienes, obras y servicios suban de 20.000 a 50.000 bolivianos.
Para agilizar los procesos. El Decreto Supremo autoriza que los gobiernos municipales que pertenecen a la categoría A (5.000 habitantes) y B (entre 5.001 y 15.000 habitantes), además de los ministerios de Comunicación, Desarrollo Rural y Medio Ambiente puedan realizar esas contrataciones directas, evitando así llamar a licitaciones.
La normativa vigente hasta marzo de este año era el DS 0181, establecía que el monto más alto para contratación directa era de Bs 20.000.
La finalidad es lograr eficiencia y agilidad en los procesos de contratación realizados por el Estado, dice la norma. Las entidades contratantes deberán realizar la retención del 3,5% de cada pago parcial como garantía de cumplimiento de contrato.
"En procesos de contratación donde el pago es contra entrega de bienes, obras y/o servicios generales y no existan pagos parciales, no se realizará la retención ni se solicitará garantía", refiere el parágrafo II del artículo 5.
La normativa señala que el Gobierno tiene como política generar mecanismos de apoyo a la producción, creando mayores oportunidades para todos los actores económicos.
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