13 septiembre 2014

El TSE cambia de opinión y dice que Evo sí puede entregar obras

Después de asegurar en reiteradas ocasiones que el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera –binomio presidencial del Movimiento Al Socialismo (MAS)– no podrán entregar obras desde el 12 de septiembre, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio ayer un giro y dijo que sí podrán entregar obras hasta antes de las elecciones del 12 de octubre.


Hace dos días, la vocal Dina Chuquimia y en una anterior oportunidad la presidenta del TSE, Wilma Velasco, recordaron que la Ley Electoral prohíbe a Morales y García entregar obras desde el 12 de septiembre hasta el 12 de octubre (día de las elecciones), porque esos actos pueden ser utilizados como campaña electoral en desmedro de los otros partidos políticos.
"El presidente Evo Morales no podrá hacer entrega de obras por el lapso de ese tiempo”, dijo Velasco en una anterior entrevista.
La prohibición –explicó Chuquimia– es en cumplimiento del artículo 119 de la Ley de Régimen Electoral, que señala que 30 días antes de la jornada de la votación está prohibida la propaganda gubernamental y "eso incluye también la entrega de obras”.
Sin embargo, los vocales –en conferencia de prensa–, luego del sorteo de jurados electorales, informaron ayer que Morales y García Linera sí pueden entregar obras, porque ellos aún son servidores públicos; además, deben mostrar que "cumplieron” con su oferta electoral que realizaron en 2009. "No está prohibida la entrega de obras, el Presidente y el Vicepresidente son servidores públicos. Sólo está prohibido utilizar la imágenes de entrega de obras en spots televisivos”, afirmó Velasco.
El vocal Ramiro Paredes aseveró que Morales y García Linera pueden entregar obras y esos actos ser transmitidos por medios de comunicación, porque ellos "tienen que mostrar su gestión. Una obra puede ser el desarrollo y la ejecución de la oferta electoral que hizo anteriormente”.
La Ley de Régimen Electoral, artículo 11, señala que "es propaganda electoral todo mensaje difundido con el propósito de promover organizaciones políticas y candidaturas”.
Al respecto, Paredes respondió: Morales "está pues como Presidente. Cuando entrega obras, está actuando como Presidente, como autoridad”.
Ahora, en el acto de entrega de obras –agregó Paredes– debe existir ausencia total de elementos que lo relacionen con una organización política.

"La norma en ningún momento señala que se deben cerrar los espacios comunicacionales, en tanto en cuanto no sean utilizados para favorecer (a) un candidato”, manifestó.


Director de SIFDE afirma que hay vacíos
Juan Carlos Pinto, director del Servicio de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), dependiente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), afirmó que existe un vacío jurídico en la Ley de Régimen Electoral, lo que impide regular la propaganda electoral indirecta.
"Hay un vacío en general en el tema de propaganda electoral y la propaganda indirecta. Ahora este vacío, si es demasiado reglamentado, se podría vulnerar la libertad de expresión, incluso los medios de comunicación estarían involucrados”, indicó.
Según Pinto, se requiere una reglamentación clara para ver qué es lo que se puede y no se puede hacer durante un proceso electoral.
" Nosotros necesitamos un reglamento claro”, dijo Pinto, y agregó que los vocales del TSE en sala plena deben dar los lineamientos para regular la propaganda indirecta.

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