El Código Procesal Civil, instrumento normativo que reemplazará al actual Código de Procedimiento Civil, podría reducir el tiempo que demoran los juicios en ese ámbito de 10 años a sólo uno, restringiendo las posibilidades de presentar los recursos de nulidad o de excepción, poniendo más énfasis a la parte oral y supliendo las notificaciones a domicilio por el correo electrónico, entre otros aspectos.
Estas son algunas de las innovaciones explicadas por representantes de la Asamblea Legislativa Plurinacional y el Ministerio de Justicia en un “encuentro de socialización” realizado ayer en Cochabamba sobre las características del proyecto que ya fue aprobado en su etapa en grande en la Comisión Mixta de Constitución y Justicia Plural de la Cámara de Diputados.
El presidente de la mencionada comisión, Héctor Arce Zaconeta, dijo que el Internet servirá para la acreditación de las causas; el proceso civil cederá en su parte escrita en pro de la fase oral, y se darán nuevas facultades al juez para la búsqueda de la verdad material.
Arce dijo que al igual que se hizo hace un año con el código de procedimiento constitucional, se pretende aprobar un conjunto de códigos este año para conformar la nueva codificación de “justicia para las personas” y no “justicia para abogados”.
Eliminar las “chicanas”
El docente de Derecho César Villarroel explicó durante la exposición a los estudiantes, juristas y autoridades judiciales presentes en el Colegio de Abogados, que el gran desafío es eliminar las “chicanas” reduciendo al máximo las posibilidades de presentar recursos de nulidad o de excepción, que generalmente son maliciosamente utilizados para prolongar el juicio y evitar la ejecución de la sentencia. Para eso el juez tendrá la facultad de rechazar cualquier recurso que no esté suficientemente fundamentado.
El juez, además, podrá decidir en base a criterios que se le otorguen, cuándo un recurso es interpuesto de forma maliciosa o cuándo pasa por alto algún detalle formal.
Otra de las innovaciones es avanzar en la obligatoriedad de recursos de conciliación, debido a que, actualmente, muy poca gente accede a esta posibilidad de forma voluntaria.
Entre otras novedades, se incluirá el recurso de excepción de falta de legitimación, para llenar un vacío legal y evitar nulidades, y se dejará de lado la demanda reconvencional, por considerarse un recurso inútil el notificar que habrá apelación.
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