10 diciembre 2010

Tarija Cossío en la cuerda floja, Fiscal presenta acusación en su contra

El fiscal de materia Gilbert Muñoz, presentó ante el Presidente y Juez Técnico del Tribunal de Sentencia la acusación formal contra el gobernador Mario Cossío Cortéz por incumplimiento de deberes y conducta antieconómica en el caso denominado IMBOLSUR. La acusación abarca también a Alejandro Roda Rojas, ex jefe de la Unidad de Gestión Jurídica de la ex Prefectura, y Félix Edgar Cardozo, representante de la empresa IMBOLSUR. La defensa de la primera autoridad política del departamento afirmó que se trata de una “vendetta” del Fiscal y aseguró tener los argumentos suficientes para demostrar la inocencia de su cliente.
El documento, al que tuvo acceso EL NACIONAL, detalla la acusación formal enviada por el representante del Ministerio Público a la capital del Estado. En la misma se puntualiza los datos de los acusados, de la víctima, en este caso la Gobernación de Tarija, y los resultados de la investigación que inició la Fiscalía desde el 2008, esto a raíz de la denuncia presentada por el entonces diputado Fernando Barrientos, que hoy ocupa el cargo de Director de Transparencia en la administración departamental.
Tras exponer los antecedentes del caso y fundamentar la acusación, el Fiscal sostiene que al gobernador Cossío se le atribuye la comisión del delito de conducta antieconómica por no ejecutar una póliza de seguro entregada por la empresa IMBOLSUR. “Esta posibilidad no se dio por lo que se habría causado daño económico al Estado al no ejecutarse la póliza de seguro cuando estaba vigente la garantía, pues para resolver el contrato era necesario mantener vigente la garantía”, se lee en la acusación formal.
Asimismo, se le atribuye el delito de incumplimiento de deberes, porque Cossío, en su calidad de máxima autoridad de la entonces Prefectura hoy Gobernación, omitió verificar si la garantía estaba vigente mientras tenía que resolver el Recurso Jerárquico interpuesto por IMBOLSUR, luego retrasó su función al no rescindir oportunamente el contrato.
Mientras que al ex funcionario Alejandro Roda Rojas se lo acusa de uso indebido de influencias, pues en su calidad de servidor público y estando en el cargo de jefe de la Unidad de Gestión Jurídica de la ex Prefectura, favoreció indebidamente a la empresa IMBOLSUR porque no realizó gestiones de control para verificar que la garantía seguía vigente, por lo que no se obtuvo a favor del Estado la suma de 1.339.100,70 bolivianos por efecto de incumplimiento del contrato.
En tanto que al representante de IMBOLSUR se le atribuye el delito de incumplimiento de contrato con una entidad del Estado y de no mantener actualizada la garantía de cumplimiento del documento que firmó con la ex Prefectura tarijeña
“El proveedor tiene la obligación de mantener actualizada la garantía de cumplimiento de contrato, cuantas veces lo requiera por razones justificadas por el comprador, quien llevará un control directo de vigencia de la misma su  responsabilidad”, señala la cláusula del documento que habría inobservado la empresa.
Ante esa fundamentación, el representante del Ministerio Público requiere ante el Tribunal de Sentencia que admita la acusación en contra de Alejandro Roda Rojas, por los delitos de incumplimiento de deberes, uso indebido de influencias y conducta antieconómica. Mario Cossío Cortéz por los delitos de incumplimiento de deberes y conducta antieconómica. Finalmente, para Félix  Edgar Cardozo por el delito de incumplimiento de contrato, a todos aplicando el concurso ideal de delitos. De igual forma, el Fiscal asignado al caso pide se les imponga a los acusados una sentencia condenatoria al final del juicio.
Asimismo, el Ministerio Público deja en claro que no existe querella por parte de las víctimas: el Servicio Departamental de Caminos (SEDECA) y la Gobernación, contra dos de los acusados, Mario Cossío y Alejandro Roda.
EL NACIONAL intentó conocer más detalles de la acusación formal con el fiscal que presentó la acusación, Gilbert Muñoz, quien negó esta posibilidad bajo el argumento de que no tenía autorización del Fiscal de Distrito para emitir una declaración de prensa sobre el caso.
Desde la Asamblea Legislativa Departamental se informó que tampoco tenían conocimiento de la acusación formal presentada por el Ministerio Público. Se espera para hoy la documentación llegue al órgano legislativo y pase para su análisis a la Comisión de Constitución, presidida por la asambleísta de Poder Autonómico Nacional (PAN), Máxima Sánchez, y secundada por su colega del Movimiento Al Socialismo (MAS), Marcelo Poma.
(RECUADRO)
“VENDETTA” DEL FISCAL
Carlos Alarcón, abogado defensor del gobernador Mario Cossío, aseguró que al momento no recibieron una notificación oficial sobre la petición del Ministerio Público, sin embargo, aseveró tener los argumentos suficientes para demostrar la inocencia de su cliente.
Anticipó que presentará tres elementos básicos de defensa: el primero, basado en que la petición de acusación formal no es más que una reacción “de tipo hormonal” que está realizando el fiscal Gilbert Muñoz, como consecuencia de la denuncia que presentó la Gobernación en calidad de víctima y que excluye del caso a la empresa aseguradora 24 de Septiembre.
Un segundo elemento, es la falta de sustento jurídico de la acusación, por lo que la defensa buscará demostrar ante Tribunal de Sentencia que el caso tiene una naturaliza política, toda vez que el Gobernador no participó de la firma del contrato, ni de la ejecución del mismo, argumentó Alarcón.
“Lo único que hizo (Cossío) fue dictar una resolución en un recurso jerárquico como consecuencia de un planteo que hizo la empresa. Y el único fundamento del Fiscal es (cuestionar) por qué el Gobernador no hizo seguimiento al director jurídico para que notifique esa resolución a la empresa, cuando claramente se observa que esa era labor del abogado y no del entonces Prefecto”, explicó el jurista, a tiempo de recalcar que el responsable del cobrar la boleta de garantía era el director del SEDECA.
Sin embargo, recordó que cuando se quiso cobrar esa boleta, la aseguradora 24 de Septiembre se negó hacerlo. “Y la Fiscalía, en vez de iniciar un proceso penal contra la empresa aseguradora, forzadamente dirige (la acción) contra el Gobernador”, indicó el abogado.
Y un tercer elemento de estrategia de defensa, apuntó Alarcón, es demostrar que el Estado no sufrió un daño económico con el caso IMBOLSUR, ya que lo único que no se pudo cobrar fue la Póliza de Seguro, y cuando se presentó una querellar en contra de la aseguradora la Fiscalía la rechazó.
“Ese es el caso IMBOLSUR, hay cero elementos de juicio, como lo quiere hacer ver el Fiscal”, sostuvo a tiempo de asegurar que los elementos mencionados no dejan abierta la posibilidad de una acusación contra Cossío.
SUSPENSIÓN A LA VISTA
La acusación formal presentada la víspera por el Ministerio Público abre la posibilidad para la suspensión temporal del gobernador Mario Cossío al amparo del artículo 114 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
“Gobernadoras, Gobernadores, Alcaldesas y Alcaldes, Máxima Autoridad Ejecutiva Regional, Asambleístas Departamentales y Regionales, Concejalas y Concejales de las entidades territoriales autónomas, podrán ser suspendidas y suspendidos de manera temporal en el ejercicio de su cargo cuando se dicte en su contra Acusación Formal”, indica el texto del mencionado artículo.
Habiendo acusación formal, según detalla el artículo 145 de la misma ley, el Fiscal comunicará la suspensión al órgano deliberativo de la entidad territorial autónoma respectiva, el cual dispondrá, de manera sumaria y sin mayor trámite, la suspensión temporal de la autoridad acusada designando, al mismo tiempo y en la misma resolución, a quien la reemplazará temporalmente durante su enjuiciamiento.
(RECUADRO)
ANTECEDENTES
El 29 de noviembre de 2006 la ex Prefectura de Tarija firmó un contrato con la empresa IMBOLSUR para la adquisición de 2.990 toneladas de cemento asfáltico destinado a la construcción de la carretera Puerta El Chaco-Canaletas. De por medio existían una Póliza de Seguridad de Garantía de Cumplimiento de Contrato de Suministro que ascendía a 1.339.100,70 bolivianos, correspondiente al  siete por ciento del monto total del contrato.
En el transcurso del tiempo concedido en el contrato, la empresa no cumplió, por consiguiente, el entonces director del SEDECA, Miguel Rojas, inició un proceso administrativo en el que deja sin efecto el contrato firmado el 26 de mayo de 2008.
Sin embargo, la empresa IMBOLSUR utilizó un recurso jerárquico para que lo resuelva el entonces prefecto Mario Cossío, quien instruyó al ex jefe de la Unidad de Gestión Jurídica de la Prefectura, Alejandro Roda Rojas, que realice un informe a fin de conocer las causales que existen para que quede sin efecto dicho contrato.
Sin embargo, el funcionario decide guardarse esa resolución por más de once meses, tal cual lo establece los elementos de prueba documental obtenidos en la investigación que duró casi por un año. Durante ese tiempo no se hizo ningún trámite, no se cumplió la orden y mucho menos se notificó a las partes con la resolución final emitida por el entonces prefecto Cossío.
A este hecho se suma, el descuido de Mario Cossío y Alejandro Roda de no verificar que la garantía siga vigente, la cual venció el 14 de septiembre de 2008 y la ex Prefectura recién notifica el 2 de octubre de 2009 el resultado del Recurso Jerárquico interpuesto por IMBOLSUR.

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