05 noviembre 2010

Costas pierde recurso y queda obligado a declarar en La Paz

Audiencia: La fiscal Patricia Santos anunció ayer que pedirá la realización de la audiencia cautelar respectiva.

La juez Margoth Pérez rechazó ayer un recurso de incompetencia por jurisdicción planteado por la defensa del gobernador cruceño, Rubén Costas, y éste quedó obligado a prestar declaraciones en La Paz.

Costas pretendía evitar someterse a la jurisdicción paceña para que el proceso abierto en su contra, por el vicepresidente Álvaro García Linera, se ventile en Santa Cruz, pero al haber fallado en su intento, deberá presentarse a las actuaciones que se desarrollen en la sede del Gobierno.

En caso de no hacerlo, el juzgado que procesará su caso podrá emitir un mandamiento de aprehensión para que Costas sea conducido, con apoyo de efectivos de la fuerza pública, ante las autoridades judiciales competentes.

García Linera demandó a Costas por desacato debido a que el pasado 6 de junio, el Gobernador de Santa Cruz declaró públicamente que el Vicepresidente debe empezar “a construir cientos de cárceles con el dinero que le daba el narcotráfico, porque las cárceles no tendrán cabida para millones de cruceños y bolivianos que se sienten orgullosos de haber sido parte del proceso autonómico”.

Como consecuencia de ello, el Segundo Mandatario emplazó a la autoridad regional a demostrar sus aseveraciones y al no hacerlo, le abrió un juicio penal por desacato. El fiscal Dorian Jiménez presentó la imputación correspondiente el pasado miércoles 20 de octubre.

Costas aseguró que de ninguna manera se presentaría a declarar en La Paz, pero al haber perdido el recurso de incompetencia por jurisdicción, la fiscal Patricia Santos, quien ahora conduce las investigaciones, anunció que solicitará la realización de una audiencia de medidas cautelares para que se defina la situación procesal del Gobernador.

El delito de desacato consiste en difamar, agraviar o insultar a las autoridades del Estado. Se sanciona, en el caso de que la agresión verbal se dirigiera en contra del Presidente, Vicepresidente, ministros o asambleístas, con privación de libertad de un mes y medio hasta tres años.

La condena máxima prevista para este delito puede quedar condicionalmente en suspenso. Por tanto, la Fiscalía no podrá solicitar la detención preventiva del imputado. Pero si el caso avanzara hasta la etapa de la acusación formal, Costas debería ser temporalmente suspendido de su cargo, mientras se lleva adelante el proceso penal correspondiente.

La Ley Marco de Autonomías prevé, incluso, la inhabilitación del acusado si se comprobara su culpabilidad y fuera condenado, aunque no menciona qué hacer si la pena fuera suspendida.




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