15 diciembre 2018

TSE antepone reglamento sobre CPE para rechazar impugnación

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) antepuso la aplicación del Reglamento de las Elecciones Primarias sobre el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) para rechazar las demandas de inhabilitación que se presentaron contra el binomio de Evo Morales y Álvaro García. Argumentaron que ese precepto Constitucional no es una causal de inhabilitación.

El ciudadano Marcel Rivas, inscrito como militante en el MAS presentó ante el TSE una demanda de inhabilitación contra el binomio azul, en la que argumentó que la dupla no puede ser habilitada para las Elecciones Primarias porque ya cumplieron su mandato y al estar vigente el artículo 168 de la CPE, están impedidos a postular nuevamente.

“La parte demandante se ampara en el incumplimiento del artículo 168 de la Constitución Política del Estado, aspecto que no se enmarca con el incumplimiento de requisitos e incompatibilidades establecidas en el artículo 40, parágrafo II) del Reglamento Específico Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019”, señaló la resolución.

Otra de las impugnaciones que rechazó el TSE fue la que presentó el exdelegado del partido oficialista Demetrio Maquera, bajo el mismo argumento anteriormente señalado, que el artículo 168 de la Carta Magna no está inmersa como una causal de inhabilitación en el Reglamento de Elecciones Primarias.

El parágrafo II del artículo 40 del citado reglamento establece que sólo los militantes de un partido político pueden impugnar a sus candidatos. Además señala que una demanda de inhabilitación debe contener prueba que demuestre la existencia de alguna o algunas de las causales de inhabilitación establecidas en la Constitución y en la ley.

Los siete vocales del Órgano Electoral firmaron la resolución, incluso Antonio Costas y Dunia Sandoval que no avalaron la anterior resolución 0654/2018 que habilitó a ocho binomios, siete de la oposición y uno del oficialismo.

Para el senador Arturo Murillo, esta resolución terminó con la democracia en el país, por lo cual el Órgano Electoral ya no tiene una razon de ser.

“Con esta resolución 038/2018 firmada unánimemente el @TSEBolivia terminaron con DEMOCRACIA en BOLIVIA, "Cerremos TSE No tiene razón de existir, basan rechazo en que artículo 168 de CPE no sería parte de resolución del TCP -#BoliviaEnEmergencia "Evo y Álvaro candidatos #Truchos”, escribió en su cuenta de Facebook.

MÁS RECHAZOS

Son en total de cinco impugnaciones que se presentaron en contra del binomio del MAS, cuatro de estas fueron rechazadas. Una de ellas es la demanda de inhabilitación que presentó el diputado opositor Rafael Quispe.

En la argumentación que hace el Órgano Electoral es que el legislador fue expulsado como militante del partido oficialista. Empero éste no fue notificado conforme al debido proceso sobre su alejamiento, mediante resolución 07/2018 del Tribunal de Disciplina y Ética del MAS.

“El Tribunal de Disciplina y Ética del partido político, Movimiento Al Socialismo MAS-IPSP, referente a la expulsión del Sr Rafael Quispe ha sido emitida conforme a disposiciones estatutarias internas”, destaca el documento.

El dirigente del Consejo Nacional de Marcas y Ayllus del Qollasuyo (Conamaq) orgánico, David Crispín indicó que el TSE no les respondió a la demanda de impugnación, se tiene previsto que lo hagan el lunes próximo, avizoró que también será rechazado.

DEMANDAS

Los legisladores y dirigentes de sectores sociales que presentaron estas demandas anunciaron que iniciarán medidas legales contra los vocales del Órgano Electoral, bajo los tipos penales de incumplimiento de deberes, resoluciones contrarias a la constitución y otros.

Ante estas acciones, el expresidente Jorge Quiroga propuso dos ejes, el primero que los candidatos, cívicos y población en general exige de forma unánime la cancelación de las elecciones primarias, por la habilitación irregular de la candidatura del binomio azul.

En el segundo punto, convocó a la población a acudir a instancias internacionales, en este caso específicamente la acorte interamericana de derechos humanos (CIDH) para pedir que esa instancia solicite la interpretación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

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