Tres juristas constitucionales, citando lo escrito en los artículos 2 y 190 de la Ley de Régimen Electoral de 2010, entre otras normativas, señalan que por principio de preclusión (que los actos electorales no pueden ser revisados y repetidos) el resultado del NO del referéndum del 21 de febrero no puede ser anulado.
La expresión surge en respuesta al anuncio hecho público ayer por parte de los sectores sociales del Movimiento Al Socialismo (MAS), quienes anunciaron que pedirán, ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), la anulación de los resultados del referéndum dado que la victoria del "No" contra la reforma constitucional se habría sustentado en "mentiras" por el caso "Morales-Zapata".
Para el abogado constitucionalista, Marcelo Arrázola, el 21 de febrero, vía referéndum ciudadano, el pueblo boliviano se pronunció a través del voto popular, y el Órgano Electoral hizo conteo de votos y dio a conocer los resultados definitivos. "Por lo tanto, no hay asidero legal al plantear la nulidad de un referéndum. Ese resultado es inapelable, y por el principio de preclusión, si previamente no ha sido observado de manera oportuna, ese acto no puede ser revisado y menos anulado", argumentó.
Por su parte, el abogado constitucionalista William Bascopé, en contacto directo con El Día, remarcó que los resultados del referéndum son de carácter obligatorio y vinculante. Más aún cuando están apoyado en el principio de preclusión. "Es una cuestión ya juzgada y obligatoria que el soberano ya ha dictado. No se puede revisar. Así que no hay ningún fundamento jurídico y legal", señaló.
Según las normas. El artículo 2, inciso K de la Ley de Régimen Electoral, señala que "las etapas y resultados de los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato, no se revisarán ni se repetirán".
Además, el artículo 190 de la misma norma, sobre procesos de preclusión enfatiza con mucha claridad que: "los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato no pueden ser anulados, por ninguna causa y ante ninguna instancia".
A pesar de dichas prerrogativas, los dirigente de diferentes organizaciones sociales afines al MAS, en conferencia de prensa sustentaron su pretensión de anular el proceso del 21 de febrero. "Una vez conocido el trabajo del Ministerio Público nosotros vamos a apelar al Tribunal Supremo Electoral para que pueda anular este referéndum, porque ha sido montado sobre una gran mentira, frustrando los sueños de los más pobres", sostuvo Rodolfo Machaca, miembro de la comisión política del MAS.
En respuesta a dicha pretensión, el exdirigente del MAS, hoy parte de una plataforma ciudadana, Roberto de la Cruz señaló que "lo dicho en el referéndum no se puede borrar. Así lloren, chillen o zapateen, el referéndum del 21 de febrero ha precluido. Por tanto es imposible anular esa voluntad popular. Más bien, invitamos a los masistas a leer de nuevo la Constitución y las normas", enfatizó.
Convencido que hubo mentira. El Gobierno y el MAS atribuyen al bullado "Caso Zapata" su derrota en el referéndum del 21 de febrero. Por esta razón la dirigencia oficialista resolvió volver a repostular al Presidente y planteó cuatro vías "constitucionales" para alcanzar este objetivo.
Bascopé señala al respecto, que esos dirigentes de sectores sociales del MAS, a la cabeza de Machaca, Juanita Ancieta, entre otros están investigados al estar involucrados por el caso Fondo Indígena.
Punto de vista
Carlos Alarcón
Abogado Constitucionalista
"Son intentos desesperados de seguir violando la CPE"
"Cuando uno revisa la Ley de Régimen Electoral, es más claro que el agua. Toda pretensión que busca el MAS por la nulidad del referéndum. Hechas esas consideraciones y ante un pedido tan disparatado como ese, el Tribunal Supremo Electoral, debe responder sin mayor trámite sobre la imposibilidad de la nulidad del resultado del 21 de febrero, tomando como base el artículo 190.
Obviamente son intentos desesperados de seguir insistiendo con la violación a la Constitución, sobre todo al artículo 168. Además de seguir insistiendo con el desconocimiento de la expresión de la soberanía popular a través del voto el 21 de febrero.
También son intentos que buscan socabar las propias bases de legalidad y legitimidad de los actuales mandatos del presidente y el vicepresidente que están indisolublemente ligados con el artículo 168 (CPE), lo que implica automáticamente su inhabilitación para un tercer mandato".
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