El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, manifestó que de acuerdo a la circular 071/2014, los Tribunales Electorales Departamentales (TED) deben inhabilitar a los diputados y senadores de las gestiones 2010-2015 que se postulen como candidatos a subgobernador, alcaldes, asambleístas regionales o concejales municipales.
“La ultima parte de la circular dice que (los TEDs son) responsables del cumplimiento de las determinaciones de la circular, ellos deben, tienen que cumplir con sus obligaciones, inhabilitar”, afirmó Ovando.
Según la cuestionada circular emitida por el TSE el 18 de diciembre pasado, los candidatos para las elecciones subnacionales, excepto para gobernadores y asambleístas departamentales, deben haber tenido residencia de forma permanente en la circunscripción donde postulan por al menos dos años, lo que a criterio del ente electoral excluye a los asambleístas nacionales.
“De manera clara y contundente señalar que la circular en ningún momento se ha flexibilizado, tal como informó algún medio de comunicación, no se ha modificado ni una sola coma de su redacción, la circular está en plena vigencia, no sufrió ninguna modificación”, precisó el vocal electoral.
Insistió que esta circular lo que hace es simplemente recordar a las organizaciones políticas o alianzas la disposición de los artículos 185 y 187 de la Constitución Política del Estado (CPE) que establece que los candidatos deben tener residencia de dos años anteriores al día de la elección, no domicilio, por el lugar dónde se postula.
Consultado sobre el caso de los diputado o senador de La Paz, Ovando se limitó a decir que a veces se presentan casos especiales y este tema podría ser analizado por Sala Plena, por lo que, para no ser recusado por emitir criterio anticipado, señaló que no podía referirse a ningún caso específico.
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