El Movimiento Sin Miedo (MSM) y el Partido Verde de Bolivia (PVB) no ganaron en ninguna de las 63 circunscripciones uninominales, en los siete escaños especiales y tampoco serán incluidos en la distribución de escaños plurinominales porque hasta el momento no alcanzaron el mínimo requerido del 3% de los votos.
Los registros del Tribunal Supremo Electoral (TSE), con un cómputo al 99,82% de las actas a escala nacional, dan cuenta que sólo el Movimiento Al Socialismo (MAS), el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y la coalición Unidad Demócrata (UD) contarán con representación en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
Por ejemplo, en el caso de los escaños uninominales —que son elegidos por el voto directo del elector y no como los plurinominales, que van unidos al respaldo que logra el candidato a la Presidencia— el MAS consiguió 50 legisladores, UD 11 y el PDC 2. Mientras que el PVB y el MSM no ganaron ninguno.
En la elección de diputados especiales de las naciones y pueblos indígenas les sucedió lo mismo al PVB y al MSM.
El MAS ganó el curul en Beni (68,92%), en Tarija (81,73%), en Santa Cruz (66,31%), en Pando (70%), en La Paz (77,40%) y en Cochabamba (87,78%). La coalición UD consiguió el escaño especial de Oruro con el 56,15%, frente al 43,85% que logró el Instrumento Político.
La presidenta del TSE, Wilma Velasco, indicó el fin de semana que tras la repetición de la votación en 49 mesas —44 en Santa Cruz y cinco en Oruro— el 26 de octubre, se realizará la distribución de las diputaciones plurinominales y de senaturías en apego a los artículos 55 y 59 de la Ley del Régimen Electoral.
El artículo 59 de la norma, referido a la asignación de escaños plurinominales, señala: “En cada departamento se asignarán escaños plurinominales entre las organizaciones políticas que alcancen al menos el tres por ciento (3%) de los votos válidos emitidos a escala nacional”.
En los comicios del 12 de octubre, el MSM logró el 2,79% (135.885 votos), mientras que el PVB alcanzó el 2,69% (134.792 votos).
El expresidente de la Corte Nacional Electoral (CNE), hoy TSE, José Luis Exeni indicó a la red ATB que “en rigor jurídico tendría que aplicarse la Ley del Régimen Electoral, el artículo 59, que muy claramente dice que para habilitarse a la redistribución de escaños a nivel departamental sólo se habilitan los que cumplen el tres por ciento de votos en el ámbito nacional”.
Exeni argumentó que esta barrera electoral o “numeral de exclusión” está incluida en “toda normativa electoral del mundo (...) en algunos casos es el dos por ciento, en otros el cinco, en Bolivia es el tres por ciento para evitar la fragmentación de las organizaciones políticas en dispersión. En este caso, lamentablemente penaliza a estos dos partidos que no han alcanzado la votación”.
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