Cinco de los siete vocales del Tribunal Supremo Electoral –con la disidencia de la presidenta Wilma Velasco y del vocal Ramiro Paredes– aprobaron ayer el reglamento de circunscripciones uninominales, cuya aplicación “metodológica” reduce 20 representaciones a ocho ciudades principales del país, informó una fuente a Erbol.
Al respecto, la presidenta del TSE, Wilma Velasco, solo dijo que ya hay algunos consensos y que todavía no se empezó a socializar el trabajo técnico de los tribunales departamentales.
“Los consensos ya se dieron, diríamos en algunos criterios técnicos, por ello es que este debate se dio hasta hace unos instantes (17.10 de ayer martes) con algunas preocupaciones (pero) ya se dilucidaron los mismos. Hoy ya teníamos que empezar a recibir las exposiciones de cada uno de los tribunales departamentos, con el resultado del trabajo realizado, pero habiendo (algunas) pequeñas consultas, nuevamente han vuelto a sus mesas de trabajo tanto vocales como técnicos, por tanto no se empezó a socializar el resultado del trabajo”, afirmó Velasco, en contacto con el programa En Directo de Erbol.
Sin embargo, este medio volvió a consultar si era real ese dato de que las ciudades perderían diputados uninominales, Velasco respondió: “Esperemos el resultado de este trabajo por favor porque ningún departamento socializó aún el resultado de su trabajo, teníamos que haber empezado esta tarde pero todavía no lo hicimos, yo creo que es posible que lo hagamos más tarde o mañana muy temprano”.
La fórmula que se pretende aplicar –según un documento al que accedió Erbol– es la denominada “el 3er reglamento”, que presuntamente enfatiza en la desviación estándar, una medida de dispersión estadística que podría estar exagerando una tendencia a ampliar la representación electoral de las áreas rurales en desmedro de los conglomerados urbanos, convirtiéndolos en mixtos.
“El análisis trata de comparar los resultados de la delimitación de circunscripciones utilizando la metodología del 3er reglamento, en el cual establece un rango +- 35% para población y +- 77% a la extensión territorial, con la distribución de circunscripciones uninominales vigente a la fecha”, dice su parte metodológica.
La aplicación de este enfoque daría también resultados desproporcionales en cuanto a la población de determinadas circunscripciones rurales como Apolo, San Buenaventura e Ixiamas, porque con sus alrededor de 3.000 habitantes contrastarían con los 700 mil que registran El Alto y La Paz
Para el caso del municipio de Cochabamba teniendo en cuenta sus rangos territorial y poblacional, se proyecta una agrupación en otros municipios circundantes, lo que da por resultado una circunscripción mixta que significa una pérdida de dos diputaciones uninominales.
“El mapa electoral tiene que contener todos los criterios y parámetros que establece la Constitución y la Ley de Régimen Electoral. Los vocales hemos interpretado y comprendido (eso) a cabalidad, para no omitir nada de las leyes”, informó Ovando el lunes.
Pero otros observadores electorales remarcaron el contenido “ruralizador” del planteamiento que terminaría, paradójicamente, afectando al partido en el gobierno, por la respuesta adversa de los municipios afectados con las pérdidas de diputados uninominales
Las elecciones generales fueron convocadas a fines de abril para el próximo 12 de octubre con eventual segunda vuelta el 7 de diciembre.
Además del presidente y vicepresidente del Estado Plurinacional, los bolivianos elegirán a senadores, diputados y representantes ante parlamentos internacionales.
La ley vigente establece que 130 asambleístas a elegir, 63 son uninominales, 60 plurinominales y 7 especiales.
La Paz tiene 29 diputaciones, 14 uni, 14 pluri y 1 especial; Santa Cruz 28, 14 uni, 13 pluri y 1 especial; Cochabamba 19, 9 uni, 9 pluri y 1 especial; Potosí 13, 7 uni, 6 pluri; Chuquisaca 10, 5 uni y 5 pluri; Oruro 9, 4 uni, 4 pluri y 1 especial; Tarija 9, 4 uni, 4 pluri y 1 especial; Beni 8, 4 uni, 3 pluri y 1 especial, y Pando 5, 2 uni, 2 pluri y 1 especial.
En la actual redistribución, el artículo 60 de la Ley del Régimen Electoral, establece que “para la elección de diputadas y diputados en circunscripciones uninominales, el Tribunal Supremo Electoral establecerá circunscripciones electorales que se constituirán en base a la población y extensión territorial, y deberán tener continuidad geográfica, afinidad y continuidad territorial y no trascender los límites departamentales”.
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