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22 mayo 2014
TSE excluirá de las justas de octubre a candidatos con sentencias por violencia contra la mujer
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) excluirá de las justas de octubre a candidatos a Presidente, Vicepresidente, diputados, senadores o legisladores supranacionales con sentencia por delitos de violencia contra la mujer o algún familiar, afirmó el vocal Ramiro Paredes. Aclaró que la solo denuncia no es causal de exclusión, aunque consideró que, por ética, no deberían presentarse.
La decisión está respaldada en el artículo 13 de la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida libre de Violencia, que fija que para el acceso a un cargo público “será un requisito inexcusable el no contar con antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada en calidad de cosa juzgada”.
Esta será la primera elección con una restricción de este tipo para candidatos. Los bolivianos elegirán en las elecciones del 12 de octubre próximo 348 autoridades: un Presidente; un Vicepresidente; 260 diputados; 68 senadores; y 18 representantes a los parlamentos supranacionales, entre titulares y suplentes.
“Si hay un candidato que tiene cosa juzgada (sentencia) en actos de violencia contra la mujer o contra cualquier familiar no puede ser registrado como candidato de la tienda política respectiva”, afirmó el vocal.
La ley contra la violencia, promulgada el 9 de marzo de 2013, tiene como objetivo garantizar a las mujeres el derecho a no sufrir violencia física, sexual y psicológica tanto en la familia como en la sociedad. En abril, la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia (FELCV) reportó 21.500 casos de violencia contra la mujer y ocho relacionados a feminicidios en 2013.
Entre 2012 y 2013, salieron a la luz al menos cuatro denuncias de violencia contra la mujer que involucraron a legisladores, entre ellos los senadores del Movimiento Al Socialismo (MAS) Adolfo Mendoza y Fidel Surco, y el diputado de Unidad Nacional (UN) Jaime Navarro.
Según Paredes, la simple denuncia no será causal de exclusión. “Ya es un hecho que tiene que ver más con lo ético, cualquier varón que tenga antecedentes o estas actitudes (violentas) pues por ética ni siquiera debería presentarse”, consideró.
La Ley 348 señala también que quien certificará sobre los antecedentes de los candidatos será el Sistema Integral Plurinacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en razón de Género (SIPPASE). La norma establece al menos 16 tipos de violencia contra la mujer.
De acuerdo con el calendario electoral, hasta el 14 de julio todos los candidatos deben estar inscritos ante el Órgano Electoral.
La Constitución Política del Estado (CPE) fija que para acceder a un cargo público se requiere contar con la nacionalidad boliviana, ser mayor de edad, haber cumplido con los deberes militares, no tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento.
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