La Corte Interamericana de Derechos Humanos falló contra Bolivia en 2013 por presunta vulneración a una solicitud de refugio político planteada en 2001 por la familia peruana Pacheco – Tineo. Sin embargo, el Estado asumió la sentencia como favorable.
El caso Pacheco – Tineo comenzó cuando esta familia, que solicitaba reconocimiento del estatuto de refugiados en Bolivia, recibió una negativa y fue expulsada por autoridades migratorias bolivianas el 24 de febrero de 2001.
Los miembros de la familia Pacheco Tineo, está compuesta por Rumaldo Juan Pacheco Osco, su esposa Fredesvinda Tineo Godos y los hijos de ambos Juana Guadalupe, Frida Edith y Juan Ricardo Pacheco Tineo (este último de nacionalidad chilena).
Fue el 25 de abril de 2002 que la familia Pacheco – Tineo decidió tomar acciones ante la CIDH debido a que su solicitud de refugio “fue resuelta desfavorablemente de manera sumaria y en violación de varias garantías de debido proceso, luego de lo cual los miembros de la familia fueron expulsados al Perú”.
Rumaldo Pacheco y la señora Fredesvinda Tineo contaban con antecedentes de supuestos delitos de terrorismo. “Ambos estuvieron detenidos en Perú y fueron víctimas de violación de sus derechos a la integridad personal por hechos ocurridos en mayo de 1992 conocidos por la Corte Interamericana en el caso del Penal Castro Castro vs. Perú” asegura parte de la sentencia.
La sentencia data de noviembre de 2013. En aquella oportunidad, el procurador de aquel entonces, Hugo Montero, se refirió a la sentencia como favorable para el Estado boliviano debido a que no se había demostrado las acusaciones contra Bolivia.
“Hemos conseguido esta sentencia en la cual se establece que no existió prueba de todas las violaciones de los derechos humanos de estas personas que había cometido Bolivia. No había nada de eso”, explicó, según una nota difundida por la agencia estatal ABI.
Además, Montero calificó el fallo como “muy favorable” debido a que la pretensión de indemnización de la familia comenzó con 8 millones de dólares y se redujo a 750.000 dólares.
De acuerdo al documento de sentencia que obtuvo el periódico digital Oxígeno.bo, la CIDH sostuvo que Bolivia fue responsable de la “violación de los derechos a las garantías judiciales, a solicitar asilo y a la garantía de no devolución”, de vulnerar “el derecho a la integridad psíquica y moral” y la “violación de la obligación de protección especial de los niños y niñas”.
“No resulta necesario pronunciarse sobre la alegada violación del derecho a la familia, consagrado en el artículo 17 de la Convención Americana”, añade el documento.
Asimismo, la CIDH recomienda que el Estado Plurinacional “implemente programas permanentes de capacitación dirigidos a los funcionarios de la Dirección Nacional de Migración y Comisión Nacional de Refugiados, así como a otros funcionarios que en razón de sus funciones tengan contacto con personas migrantes o solicitantes de asilo”.
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