Polémica: Dos constitucionalistas aseguran que los derechos no necesitan reglamentarse para ser ejercidos plenamente.
Es un derecho, pero el vicepresidente Álvaro García Linera dice que la iniciativa legislativa ciudadana aún no puede ser ejercida por falta de una ley reglamentaria. Los constitucionalistas Waldo Albarracín y Edwin Rojas Tordoya refutan esa posición.
Ayer en conferencia de prensa, García Linera sostuvo que “para dar paso a la iniciativa ciudadana tiene que haber una ley previa. No hay esa ley y para la posibilidad de convocar a referendo se requiere que sea reglamentada”.
El Mandatario hizo referencia a la recolección de firmas, que superan ya las 130.000 en todo el país, en procura de plantear la Ley de Defensa de los Derechos y Libertades de Prensa e Información, que dispone derogar el artículo 16 y modificar el segundo parágrafo del artículo 23 de la ley antirracismo, que disponen sanciones, la clausura de medios y enjuiciamiento penal de periodistas.
Organismos empresariales, profesionales y gremiales de los periodistas están en campaña con esa finalidad y anunciaron que no participarán en el proceso de reglamentación de la norma contra la discriminación y el racismo.
Sin embargo, el ex defensor del Pueblo Waldo Albarracín indicó que “cuando un sector de la ciudadanía, amparado en la Constitución, busca una iniciativa, está ejerciendo un derecho constitucional y, por tanto, no se lo puede negar. Ahora, quien dicta una ley es la Asamblea Legislativa, pero eso no priva a la población de que sus derechos sean resguardados. De lo contrario tendríamos que esperar que todos los artículos de la Constitución queden en suspenso mientras no se reglamenten”.
Además, el artículo 410 de la Carta Magna señala que ésta tiene primacía en la legislación. “Entonces, una norma de tercer nivel no puede dejar si efecto las previsiones de la Constitución”.
En forma coincidente, el presidente del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia, Edwin Rojas Tordoya, señaló que la facultad legislativa de las personas no puede coartarse por falta de una enumeración de los requisitos que “solamente son de forma. El artículo 109 de la Constitución establece que todos los derechos reconocidos en esa Carta Magna son directamente aplicables y gozan de igual protección, lo que significa que son directamente aplicables y no necesitan de reglamentación”.
Oficialismo inicia hoy reglamentación
Bajo la conducción del ministro de la Presidencia, Óscar Coca, esta tarde en la Vicepresidencia del Estado comenzará el proceso de reglamentación de la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, acontecimiento que contará con la participación de movimientos sociales, además de entidades profesionales y gremiales.
Con la salvedad de los funcionarios de empresas estatales de comunicación que enviarán sus delegados y el Directorio de la Federación de Trabajadores de La Paz, que no convocó a asamblea para consultar entre sus afiliados, las instituciones periodísticas, como la Asociación Nacional de la Prensa, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia, la Asociación de Periodistas de La Paz y la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, no participarán en la cita.
José Luis Colque, de radio Kausachun Coca, perteneciente a los cocaleros del trópico cochabambino, ofreció ayer por la mañana una conferencia de prensa para presentarse como representante de “periodistas alternativos” de Canal 7, la Red Patria Nueva y la ONG Cepra (Centro de Producción Radiofónica), que recibe apoyo del Gobierno, para anunciar que ese grupo participará en la reglamentación.
García pide que la Iglesia salve almas
El vicepresidente Álvaro García Linera pidió ayer a la Iglesia Católica dedicarse a salvar almas y no inmiscuirse en política. “La Iglesia Católica y las iglesias en general están para salvar las almas. Es ésa su misión, proteger, cuidar la salvación espiritual de las personas. Ése es su ámbito de competencia, y el ámbito de competencia de los políticos es trabajar en el bienestar material de las personas”.
Fue la respuesta del Mandatario al pronunciamiento eclesiástico conocido el lunes, en el que la jerarquía católica advierte de los peligros de revanchismo, censura o autoritarismo al aplicar la Ley Contra el Racismo sobre los medios de comunicación.
Ayer, una fuente de la Conferencia Episcopal de Bolivia informó que la curia no respondería a esas palabras, pues los obispos están reunidos en Cochabamba, donde participan en un encuentro nacional de parroquias.
“En los últimos días vemos que fácil y rápidamente están cruzando la frontera para inmiscuirse en temas políticos, eso no les hace bien a los jerarcas, no les hace bien porque comienzan a querer jugar un papel de partido político. Eso no es bueno para los propios creyentes que están esperanzados en la conducción religiosa enmarcada en el ámbito espiritual”, comentó García Linera en conferencia de prensa.
La autoridad reiteró que “aquí no se está prohibiendo la libertad de expresión, que está garantizada, no por esta ley, sino por la Constitución (…) La libertad mal entendida frente a la igualdad bien entendida: eso es lo que está ahora en el debate”.
La Constitución
Artículo 11
I. La República de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres.
II. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley:
1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a la ley.
2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a la ley.
3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a la ley.
Artículo 14. Parágrafo III
El Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos. En el ejercicio de los derechos nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que éstas no prohíban. Las leyes bolivianas se aplican a las personas, naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en el territorio boliviano.
Artículo 24
Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta. Para el ejercicio de este derecho no se exigirá más requisito que la identificación del peticionario.
Artículo 410. Parágrafo II
La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos y las normas de derecho comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales:
1. Constitución Política del Estado.
2. Los tratados internacionales.
3. Las leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena.
4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.
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