30 junio 2017

Tribunal: El Serecí solo acata la Ley de Género



El instructivo dirigido al Serecí para que dé curso a matrimonios transexuales y transgénero solo aplica lo que fija la Ley 807 de Identidad de Género, y no la interpreta, aclaró ayer el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“Asumimos la responsabilidad de los registros de partida de nacimiento de aquellas personas que voluntariamente hayan decidido modificar su nombre, el dato de sexo y su imagen, esto lo establece con claridad la Ley de Identidad de Género”, expresó Katia Uriona, presidenta del TSE.

La autoridad descalificó la interpretación de algunos políticos y reiteró que “ni el instructivo ni la normativa vigente modifican la institución del matrimonio, que está establecida en nuestra Constitución Política del Estado”.

Afirmó que el TSE, mediante el Servicio de Registro Cívico (Serecí), garantiza los derechos establecidos en la Constitución y la Ley 807. El matrimonio se realiza en el reconocimiento de las personas heterosexuales que lo solicitan, recordó.

El representante del colectivo de los gays, lesbianas, bisexuales y transexuales (GLBT) David Aruquipa mencionó el miércoles que la disposición emitida por el TSE es un avance que permite el matrimonio transexual y transgénero, pero indicó que falta que otros sectores del mismo sexo puedan casarse por lo civil.

Aruquipa anunció la presentación de un proyecto de ley ante el Órgano Legislativo denominado ‘Acuerdo de vida en familia’, para que las personas del mismo sexo puedan unirse en matrimonio.

Uriona dijo que no existe una ley especifica que plantee la adopción de niños para transexuales y transgénero, y que analizarán esa situación cuando así lo amerite.

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