10 enero 2014

Hay 46 alcaldías de Santa Cruz sin borrador de carta orgánica

La Ley de Gobiernos Municipales, promulgada ayer, solo controla a los municipios que no tienen carta orgánica. De las 339 comunas que hay en el país, solo 98 presentaron sus textos finales al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) para su aprobación, de las cuales únicamente 10 corresponden a alcaldías del departamento de Santa Cruz, la región que fue la embanderada de la lucha por las autonomías en Bolivia. 

Así lo confirma la ministra de Autonomías, Claudia Peña, que menciona a Cuatro Cañadas y Camiri entre las comunas que ya remitieron su texto a consulta al TCP y observa que 46 de las 56 comunas cruceñas están empezando a redactar sus textos, entre ellas Santa Cruz de la Sierra.

Cocapata, municipio rural de Cochabamba, hasta ahora es el único que ya tiene en vigencia su texto y Chuquisaca es el departamento con mayor porcentaje de municipios con cartas en el TCP, con 23 cartas orgánicas de un total de 29 comunas.



Separa poderes

El Gobierno ha explicado que la ley no es retroactiva, pero que garantiza estabilidad a las autoridades que solo pueden ser suspendidas con una sentencia y ya no a simple imputación, como ocurrió entre 2010 y 2012 con la Ley Marco de Autonomías, cuando se suspendió a más de una decena de ediles del país, muchos opositores. Además, Peña explicó que la norma separa los poderes del Ejecutivo y el Concejo.



“Feliz de la vida”

“El régimen municipal ha venido desdibujándose y me alegro que este Gobierno, por razones que él sabe, quiera darle otra vez a los municipios preponderancia; (...) yo estoy feliz de la vida de recuperar para la municipalidad y para Santa Cruz las potestades y poderes municipales”, fue la reacción del alcalde Percy Fernández.

Las críticas provienen de técnicos cruceños.

El abogado José Santistevan observa que la norma es centralista, que resta competencias, que es inconstitucional y que apunta a ser definitiva. Peña responde que es facultad de las comunas la redacción de las cartas orgánicas para el ejercicio de la autonomía y “que no es algo obligatorio”

Dicho y hecho

La norma es supletoria

La nueva ley es una norma supletoria a las cartas orgánicas, que rige a los municipios hasta que no aprueben sus ‘pequeñas constituciones’. Sin carta orgánica, el municipio se regula por la norma dictada por el Estado central; con carta orgánica, el municipio se regula a sí mismo.

Autonomía de gestión



La ley establece la “separación administrativa de órganos", es decir del alcalde y del Concejo. Antes hubo cierta dependencia del alcalde con el Concejo

El curioso caso cruceño

La ministra Claudia Peña aseguró que la nueva norma “blinda a los alcaldes” y que se acabaron los ‘golpes’ municipales. Sin embargo, aclaró que esta figura procede desde el fallo del TCP que derogó el artículo 135 de la Ley Marco de Autonomías y que se usó para suspender autoridades a simple imputación ante un juez. Según Peña, salvo quienes renunciaron, todas las autoridades suspendidas fueron restituidas, a excepción del “curioso caso cruceño”, donde seis ediles siguen fuera del cargo.

Concejal cruceño critica la nueva ley
El secretario del Concejo, Rommel Pórcel, dijo que no incluyeron las sugerencias del órgano deliberante cruceño

“Hace tres meses, la ministra de Autonomías mandó borradores, pero ahora ellos nomás aprobaron lo que propusieron”, manifestó el secretario del Concejo cruceño, Rommel Pórcel, que ha dicho que este año la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra se sujetará a la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, pero que piensa que para diciembre la carta orgánica de la capital estará lista para ingresar al TCP.

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, dijo que la normativa fue consensuada con los munícipes de todo el país y como prueba de ello puso de ejemplo al presidente de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), Juan Carlos León, que avaló la ley recién promulgada en La Paz

Subalcaldes serán elegidos ‘a dedo’
Para Peña, según ANF, si se eligen subalcaldes contrarios a los alcaldes, se contradice la voluntad popular

La norma establece que los alcaldes sean quienes designen de manera directa a los subalcaldes, pues, de acuerdo con la ministra de Autonomías, Claudia Peña, si se opta por la elección de estas autoridades por voto directo, y existe un subalcalde contrario a la línea del alcalde, se estaría “contradiciendo” la voluntad del pueblo, pues podría trabar el trabajo municipal.

Por esa razón la norma contempla que, mientras una carta orgánica aprobada no diga lo contrario, los munícipes tendrán la facultad de seleccionar a sus representantes distritales, tal como ocurrió hasta ahora con la Ley de Municipalidades. La norma fortalece al ejecutivo

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