04 julio 2011

TSE presenta oficialmente reglamento de propaganda para elecciones judiciales

El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, presentó el lunes el reglamento de régimen especial de propaganda para las elecciones judiciales de octubre próximo, en el mismo no se establece la suspensión de licencias para los medios de comunicación que infrinjan la normativa.

"Hacemos público el reglamento de régimen especial de propaganda para el proceso de elección de las altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, que ha sido aprobado por unanimidad en Sala Plena", indicó.

Señaló que este Reglamento se sujeta a los mandatos de la Constitución Política del Estado (CPE).

El reglamento contiene 41 artículos, está dividido en 8 capítulos, los cuales norman el procedimiento al que deben sujetarse los medios de comunicación en el proceso electoral judicial.

Ovando informó, en conferencia de prensa, que la sanción establecida para los medios de comunicación que no den igualdad de oportunidades y que ingresen en campaña electoral serán sancionados con el hecho de que serán marginados de cualquier convocatoria electoral por dos procesos electorales continuos.

"Los medios de comunicación que violen las prohibiciones establecidas en el artículo 82 de la Ley 026 del Régimen Electoral modificado por la Ley 125 serán sancionados mediante resolución del TSE con la inhabilitación para emitir campaña o propaganda electoral en los siguientes dos procesos electorales, referendos o revocatorias de mandato de carácter nacional", sostiene la normativa presentada este lunes.

Ovando explicó que los medios de comunicación podrán realizar entrevistas periodísticas en igualdad de oportunidades y en cumplimiento de la libertad de prensa e información. Para ello el TSE contratará, en caso de que sea necesario, de empresas para realizar monitoreo en cumplimiento de la normativa.

Los medios de comunicación deberán realizar las invitaciones directas para sus fines periodísticos con 48 horas de anticipación y el lapso de entrevistas deberá ser equitativo.

"Este reglamento tiene sus sustento en bases jurídicas en la Constitución Política del Estado en sus artículos 178 y 182 y que la potestad de impartir justicia imparte en el pueblo bajo los principios de independencia, igualdad e imparcialidad", manifestó.

Dijo que se prohíbe de manera contundente la campaña o propaganda electoral y se permite la difusión de méritos de los candidatos por parte del TSE.
"El TSE ha aprobado y considerado este reglamento por unanimidad y dicho reglamento contiene 41 artículos. La finalidad del reglamento es posibilitar la realización del proceso electoral sin campañas electorales posibilitando la difusión de méritos de los candidatos", expresó.

Ovando sostuvo que la difusión de méritos deberá ser elaborada única y exclusivamente por el TSE y difundida a través de los medios de comunicación con hasta 45 días de anticipación a la jornada eleccionaria que está previsto para el 16 de octubre próximo.

La difusión de méritos contará con la formación del candidato sus datos personales junto con sus fotografías ya sea en canales de televisión, estaciones radiales, medios impresos y alternativos escogidos por el TSE. "Los candidatos están prohibidos de realizar campaña electoral, eso ya está señalado en la Ley de Régimen Electoral bajo sanción de inhabilitación", enfatizó el Presidente del TSE.

Acotó que los candidatos ya sea al Tribunal Constitucional Plurinacional, al Tribunal Agroambiental, al Tribunal Supremo de Justicia y al Consejo de la Magistratura podrán ser entrevistados por todos los medios de comunicación que así lo requieran con 48 horas de anticipación y en equidad de oportunidad y tiempo de entrevista.

"Los medios de comunicación tendrán que tener el cuidado de invitar a los postulantes de una franja de postulación mínimo con una antelación de 48 horas de anticipación y para ese efecto el TSE hará conocer las direcciones de los candidatos en igualdad de oportunidades tal como ordena la propia Constitución", señaló Ovando, al indicar que el trabajo de la información no se monitoreará ni será restringido y tiene la finalidad de controlar la campaña electoral prohibida también por la misma Constitución Política del Estado.

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