16 agosto 2010

Municipios resolverán límites territoriales vía referéndum

• Esta disposición no es válida para problema limítrofe entre Oruro y Potosí.

Los más de 300 municipios en el país que no cuentan con límites definidos, podrían optar por resolver el conflicto por la vía del referéndum en caso de no llegar a acuerdos conciliatorios, tal como se establece en el artículo 17 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD). Sin embargo, esta disposición no es válida para el problema limítrofe entre Potosí y Oruro.

Los 337 municipios que actualmente existen en el país, sin contar con los de reciente creación, en su mayoría arrastran problemas limítrofes que no han logrado ser subsanados por los gobiernos de turno.

Hace poco la Asamblea Legislativa dio vigencia a los municipios de Watajata y Chua Cocani, que se desprendieron del municipio de Achacachi. Estos dos municipios a diferencia de los demás serían los únicos con límites definidos.

CONFLICTO DE LÍMITES

La Asamblea Legislativa, dentro del proceso de reestructuración territorial autonómica del país y los problemas que podrían derivarse, determinó en el artículo 17 la resolución de conflictos de límites que dispone:

Parágrafo primero: “Los conflictos de límites existentes entre municipios deberán ser resueltos en la vía conciliatoria considerando criterios históricos y culturales”.

Sin embargo, en el parágrafo segundo establece que en caso de no existir acuerdos o conciliación y concluido todos los trámites administrativos dentro de la nueva Ley de Delimitación Territorial “(...) los conflictos de límites existentes entre las unidades territoriales municipales de un mismo departamento y que no comprometan límites departamentales, serán dirimidos por referéndum, a solicitud del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado y a convocatoria de la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante ley, y administrado por el Órgano Electoral Plurinacional”.

La disposición recalca en su parágrafo tercero que la “(...) convocatoria a referéndum se realizará únicamente a los habitantes de las áreas urbanas y/o de comunidades, según corresponda, sobre el área territorial en disputa, cumpliendo requisitos y condiciones establecidos en ley, previa elaboración de informe técnico-jurídico emitido por la autoridad nacional competente, y en ningún caso procederá para conflictos de límites interdepartamentales”.

Empero, con la promulgación de la Ley Marco de Autonomías, se suspenden de manera temporal todos los trámites para la creación, admisión de nuevas solicitudes de creación, delimitación, supresión y/o “anexión de unidades territoriales “(...) hasta 180 días posteriores a que se dicte una nueva normativa que regule su tratamiento en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Estado”, parágrafo primero, disposición 16 de la LMAD.

Asimismo, en el parágrafo segundo ordena la suspensión temporal de la “(...) atención y resolución de los procesos administrativos de creación, delimitación, supresión y/o anexión de unidades territoriales radicados ante los gobiernos departamentales autónomos, ante el Ministerio de Autonomía y ante el Consejo de Asuntos Territoriales, por el plazo de hasta 180 días calendario posterior a la promulgación de una nueva normativa que regule su tratamiento en el marco de lo establecido en la Constitución Política del Estado”. En ese sentido, la Asamblea Legislativa deberá aprobar en seis meses una nueva Ley de Delimitaciones Territoriales en reemplazo de la 2150 de Unidades Político Administrativas (UPAs).

CREACIONES ARBITRARIAS

Para el ex viceministro de Descentralización ahora diputado del Movimiento Sin Miedo (MSM) Fabián Jaksic, el conflicto limítrofe por el que atraviesan el 90% de los municipios obedece a que en el pasado a “capricho e intereses personales de algunos diputados y senadores, se intervinieron arbitrariamente en las unidades territoriales, cantones que actualmente están divididos”.

“Entonces, estamos heredando una estructura de una política administrativa que no corresponde ahora con las nuevas características - de los territorios- lo que tendremos que hacer es trabajar hacia adelante en una nueva ley que delimite con claridad geodiferenciada la jurisdicción municipal que actualmente no tiene límites definidos; pero que esta norma contemple la creación de una unidad jerárquica para la resolución de los problemas que se presenten, es decir, una instancia como el Instituto de Reforma Agraria (INRA)”, dijo.

PROBLEMA POTOSÍ-ORURO

La responsable de la Unidad de Límites del Ministerio de Autonomías, Silvia Mejía, explicó respecto al conflicto limítrofe entre Oruro y Potosí que el referéndum no contempla a municipios que se encuentren en franjas limítrofes departamentales.

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