Entró en vigencia el artículo 24 del Reglamento de Campaña y Propaganda para Referéndum, que establece un límite de 15 minutos para las transmisiones en vivo de los actos de entrega de obras durante los 30 días previos a la fecha del sufragio.
La presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Katia Uriona, dejó en claro que, en tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional no se manifieste sobre la acción abstracta de inconstitucionalidad presentada por el Presidente y Vicepresidente en contra del artículo en cuestión, este está en plena vigencia y debe ser respetado.
El TSE presentó el lunes ante el TCP el informe técnico, legal y comunicacional de defensa del artículo 24 del reglamento. Uriona explicó que el informe está sustentado en argumentos jurídicos, constitucionales y comunicacionales, y está demostrando de manera sólida la constitucionalidad de la norma.
"El Tribunal Supremo ha cumplido puntualmente y estamos aclarando que dicho artículo no regula, ni limita la entrega de obras por parte de las autoridades de todos los niveles del Estado y lo pueden hacer. Lo que el reglamento establece es la regulación para la difusión en vivo y en directo para precautelar principios de igualdad de oportunidades, equilibrio y pluralismo en el debate rumbo al referéndum", aseveró la presidenta del TSE.
La fundamentación presentada en el informe del TSE se basa principalmente en dos argumentos; el primero referido a la plena vigencia del derecho a la información de las y los bolivianos; y, segundo, a la potestad reglamentaria que tiene el Órgano Electoral y máxima autoridad del Estado en materia electoral, en procesos electorales y referendarios.
Precisó que existen varios géneros periodísticos que pueden ser usados durante todo el periodo electoral para la difusión de información.
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