“Dicho instructivo tiene carácter administrativo interno, toda vez que está dirigido al Servicio de Registro Cívico (Sereci), instancia dependiente del Tribunal Supremo Electoral. El mismo fue emitido en estricto apego a la Constitución Política del Estado y las leyes vigentes, dando cumplimiento a una decisión de Sala Plena, máxima instancia del Órgano Electoral Plurinacional”, indica el comunicado.
Asimismo, señala que “en ningún momento dicho instructivo modifica o altera el instituto del matrimonio que, como estable la Constitución Política del Estado, se produce entre una mujer y un hombre y se constituye por vínculos jurídicos”.
Finalmente, señala que el instructivo va en cumplimiento de la Ley Nº 807 de Identidad de Género y que está orientado a garantizar el ejercicio de “todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumida”, de las personas que hubiesen optado por el cambio de su identidad de género.
El Tribunal Supremo Electoral instruyó a la dirección nacional y a las departamentales del Servicio de Registro Cívico (Sereci) dar curso al registro de matrimonios de personas transexuales y transgénero en el territorio boliviano a sola presentación del documento que acredite su cambio de sexo.
“Las personas transexuales y transgénero que efectuaron el cambio regulado por la Ley 807 de Identidad de Género podrán contraer matrimonio civil, sin necesidad de ningún otro requisito y/o procedimiento, solo bastará con la presentación del documento que acredite su cambio de sexo, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos para el mismo” señala el instructivo firmado por Katia Uriona, presidenta del TSE.
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