El Tribunal Supremo Electoral (TSE) exhorta al presidente Evo Morales a cumplir el Reglamento de Campaña y Propaganda del referendo constitucional.
Además le recuerda que es el primer servidor público del Estado. Los vocales, mediante una misiva, le piden que respete la institucionalidad y autonomía del Órgano Electoral, después que el Mandatario criticara la norma que restringe la transmisión de entrega de obras a 15 minutos.
Dirigentes afines al partido de gobierno, de la coordinadora por el cambio (Conalcam) le exigen al TSE que anule el artículo.
El TRIBUNAL EXHORTA. El TSE, mediante una carta dirigida al presidente Evo Morales en primera instancia le hace saber que tomó conocimiento de sus declaraciones públicas, que hizo el 1 de enero durante la entrega de obras de gestión en Tarija, y donde el Mandatario hizo referencia a la campaña por el Sí.
Recordó al Jefe de Estado que está en vigencia el Reglamento de Campaña y Propaganda que en su artículo 40 (prohibiciones) establece en concordancia con la Ley de Régimen Electoral que: “Ninguna servidora o servidor público podrá realizar campaña o propaganda electoral en actos de gestión pública o utilizando recursos públicos”.
En ese sentido le recuerdan a Morales que él es el primer servidor público del Estado y asumen que su responsabilidad es cumplir estrictamente con lo establecido en la norma vigente.
Asimismo el TSE, les exhortó al presidente Morales y a todas las autoridades representantes del Estado a respetar la institucionalidad, autonomía y jerarquía del órgano, como máxima autoridad en materia electoral.
EXIGEN AL TSE. Por su parte los dirigentes afines al Movimiento al Socialismo (MAS) aglutinados en la Conalcam exigen al máximo órgano electoral, se anule el artículo 24 del Reglamento que indica que la entrega de obras en gestión solo puede ser transmitida y no exceder los 15 minutos de transmisión.
El secretario Ejecutivo de los interculturales, Leonardo Loza, dijo que agotarán las instancias porque violan el derecho a la información. “A la instancia que corresponda, con asesores, haremos una representación formal y legal, porque no puede haber instituciones que coarten la libertad de informarse al pueblo, además, el Presidente tiene la obligación de mostrar su trabajo”, aseguró.
EXIGENCIAS. El senador de Unidad Demócrata (UD), Arturo Murillo, mediante memorial, pide al TSE que se pronuncie respecto a las declaraciones del Presidente, con base en el artículo 230, que constituye faltas electorales cometidas por servidores públicos. Asimismo, dijo que "denunciamos a la ministra de Comunicación, Marianela Paco, la gerente de Bolivia TV, Karina López Rivas y el alcalde de Oruro, Víctor Hugo Vásquez”.
EL TSE DECLARÓ IMPROBADA DENUNCIAS. El Tribunal Supremo Electoral declaró improbadas las denuncias de violación al Reglamento de Campaña y Propaganda, contra el gobernador de Cochabamba, Iván Canelas, el Ministerio de Comunicación y Bolivia TV. Sostienen que no existe material de prueba suficiente, como para sancionar. También declaró improcedente el recurso de revisión de la resolución en contra de la diputada, Sonia Brito.
230 es el artículo del Régimen Electoral en el que se basa la oposición para exigir al TSE se pronuncie.
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