De acuerdo al artículo 65 de la Ley del Órgano Electoral, existen algunas excepciones en caso de enfermedad, caso fortutito o ser dirigente de alguna organización política, las justificaciones deben presentarse hasta el 26 de abril en los tribunales electorales correspondientes a cada ciudad.
Se procederá a la conformación de la directiva de las mesas de sufragio y capacitación de jurados de mesa de sufragio desde el 20 al 30 de Abril
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