El martes 13, los tribunales electorales departamentales emitirán las resoluciones respecto de la inhabilitación de candidaturas, informó el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Marco Ayala.
El artículo 109 de la Ley del Régimen Electoral señala que "las candidaturas a cargos electivos nacionales, departamentales, regionales y municipales 'únicamente podrán ser inhabilitadas' por incumplimiento de requisitos o por estar comprendidas en causales de inelegibilidad...".
"El 8 de enero (jueves), de este año, concluirá el plazo que tienen las organizaciones políticas para presentar los documentos que permiten que los candidatos y las candidatas continúen en proceso electoral, hasta el 12 de enero se conoce si un candidato está habilitado y el 13 se emitirá la resolución respectiva".
Agregó que las determinaciones de las salas plenas de los tribunales departamentales electorales serán notificadas a las organizaciones políticas y agrupaciones ciudadanas afectadas para que hagan las respectivas enmiendas.
Requisitos obligatorios. Los documentos que deben presentar los candidatos son el certificado de nacimiento original actualizado, fotocopia simple de cédula de identidad, declaración voluntaria ante Notario de Fe Pública que acredite residencia de forma permanente en el departamento, región o municipio correspondiente, al menos dos años inmediatamente anteriores a la elección y certificado actualizado de estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral Biométrico en el lugar por el que se postula, emitido por el Servicio de Registro Cívico (Serecí).
Los postulantes varones deben presentar Libreta de Servicio Militar original o una copia legalizada extendida por la Dirección General Territorial Militar o las Regiones Militares.
También deben anexar el certificado de solvencia fiscal, el certificado de antecedentes penales, una declaración voluntaria ante Notario de Fe Pública de no estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución y el certificado de no tener antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada en calidad de cosa juzgada.
Enmiendas a postulaciones. Ayala también informó que, de acuerdo con el calendario electoral, las organizaciones políticas pueden enmendar las listas correspondientes de sus candidatos y candidatas entre el martes 13 y el viernes 16 próximos.
"Conforme a lo establecido por el cronograma electoral de las elecciones subnacionales, el 18 de enero se realizará la primera publicación de las listas de candidatos y candidatas de las distintas organizaciones políticas".
la situación de de los asambleístas nacionales. Respecto a la situación de los asambleístas candidatos para cargos regionales, el vocal Marco Ayala señaló que la circular 071 emitida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) es clara, al establecer que diputados y senadores no podrán acceder a estos cargos porque en el periodo legislativo 2010-2015 no tuvieron una residencia fija en sus regiones.
"En cumplimiento de la CPE, los asambleístas nacionales (senadores y diputados) del período legislativo 2010-2015 no podrán ser candidatas o candidatos a Subgobernadora o Subgobernador, Corregidora o Corregidor, Ejecutiva o Ejecutivo Seccional de Desarrollo, Alcaldesa o Alcalde, Asambleísta Regional y Concejala o Concejal Municipal".
Dijo que los tribunales departamentales electorales son encargados de hacer cumplir la circular.
Según datos, en todo el país, hay 13.698 candidaturas registradas para elegir a 4.975 autoridades subnacionales.
EL 18 DE ENERO SE PUBLICARÁ LA PRIMERA LISTA DE CANDIDATOS HABILITADOS EN DIARIOS REGIONALES Y DE ALCANCE NACIONAL.
No hay comentarios:
Publicar un comentario