28 diciembre 2014

Órgano Electoral verificará desde el 8 de enero documentos de candidatos subnacionales

La vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Dina Chuquimia, aseguró que a partir del 8 de enero empezaran a verificar los documentos que deben ser entregados por los candidatos subnacionales y aconseja que los mismos revisen cada uno de los requisitos para evitar su inhabilitación.

En ese marco, recordó que a partir del 2 de enero de manera oficial los candidatos a gobernaciones, asambleas departamentales, alcaldías y concejos municipales pueden iniciar con los trámites para obtener sus documentos en la oficina de Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y otras entidades.

"A partir del 8 de enero comienza la etapa de la verificación de los requisitos que tenían que cumplir los candidatos y candidatas. Deben cumplir los 10 requisitos los varones y 9 las mujeres por el tema de la libreta de servicio militar", dijo Chuquimia.

Una vez que se tengan todos los documentos listos, estos deben ser entregados a través del delegado acreditado ante el Tribunal Electoral Departamental competente y no así por el mismo candidato.

Los requisitos que deben presentar los candidatos son certificado de nacimiento original y actualizado, fotocopia simple de la cedula de identidad, declaración voluntaria ante notario de fe pública que acredite residencia de forma permanente en el departamento, región o municipio, certificado actualizado de estar inscrito en el padrón electoral biométrico en el lugar donde se postula, emitido por el Servicio de Registro Cívico (SERECI).

Libreta de servicio militar en el caso de los varones, copia legalizada de la libreta; certificado de solvencia fiscal que es extendido por la Contraloría General del Estado, original y actualizado; certificado de antecedentes penales del REJAP, que lo extiende el Concejo de la Magistratura original y actualizado; declaración voluntaria ante notario de fe pública de no estar comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad y un certificado emitido por el sistema integral plurinacional de prevención atención, sanción y erradicación de la violencia en razón de género, es decir que no haya cometido actos de violencia en contra de alguna mujer.

Por otro lado mencionó que toda la propaganda electoral tiene que canalizarse a través de la organización política y no de forma individual por cada candidato. Los medios de comunicación podrán iniciar con la propaganda electoral 30 días antes de las elecciones.

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