Paredes afirmó que la única norma que regirá los comicios para elegir gobernadores y alcaldes es la Ley Transitoria Electoral, aprobada por la Asamblea Legislativa Plurinacional y promulgada por el Ejecutivo la pasada semana.
“Mientras esos estatutos no pasen por la instancia constitucional, para el Tribunal Supremo Electoral lo que prima es la Ley Transitoria aprobada por la Asamblea Legislativa”, afirmó Paredes en La Paz.
La autoridad recordó que el único departamento que está autorizado a aprobar una norma que defina el procedimiento para las elecciones al igual que la composición de su Asamblea Departamental es Pando, que sí tiene su Estatuto concordado con la Constitución vigente.
El fin de semana, la ministra de Autonomías, Claudia Peña descartó la aplicación de las leyes departamentales de Santa Cruz y Beni, que también aprobó su normativa, porque aún no tienen estatutos revisados y avalados por el Tribunal Constitucional.
“Ellos se han visto en la necesidad de forzar leyes departamentales electorales porque no han cumplido su mandato de adecuar sus estatutos a la Constitución. La Ley Marco de Autonomías es clara cuando dice que la conformación de las asambleas departamentales debe estar presente en el estatuto departamental”, afirmó.
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