Asimismo, Velasco dijo que según los resultados, para la distribución de diputados plurinominales se observará el artículo 59 de la Ley 026 que habilita a los partidos que obtuvieron al menos el 3% de votos válidos a nivel nacional y a donde el MSM y el Partido Verde no califican.
“Si aplicamos el artículo 59 y dentro del análisis observamos que alguna organización política no cumple el 3%, pues no ingresaría a la distribución proporcional de asignación de escaños plurinominales”, afirmó la autoridad a un medio radial.
Velasco anunció que este lineamiento es el utilizado por Sala Plena del Órgano Electoral para considerar la votación final obtenida y la cantidad de diputados y senadores que hayan obtenido el MAS, Unidad Demócrata y el Partido Demócrata Cristiano (PDC).
El Tribunal descartó tomar en cuenta la Ley de Partidos Políticos con la que el Movimiento Sin Miedo (MSM) y el Partido Verde de Bolivia exigen la asignación de un diputado plurinominal que, en todo caso, beneficiaría alguna de las tres fuerzas políticas habilitadas. (ANF)
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