La autoridad especificó que es requisito para la habilitación de candidaturas que el o la interesada presente su renuncia al cargo electivo o designado que esté ocupando en la administración pública hasta el 14 de julio -90 días antes de las elecciones- la misma que debe ser presentada ante el TSE, así como la certificación del padrón electoral.
El certificado de solvencia fiscal emitido por la Contraloría General del Estado, al certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAB) y la fotocopia legalizada de la Libreta del Servicio Militar, en el caso de los varones, son requisitos imprescindibles.
Entre otros requisitos, el TSE exigirá el certificado de nacimiento que demuestre la mayoría de edad, la declaración voluntaria ante el Notario de Fe Pública que acredite la residencia en el país para el candidato o candidata a presidente o vicepresidente.
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