Las cartas orgánicas son normas con las cuales se "perfecciona" el ejercicio de la autonomía a nivel municipal. En las mismas se define la estructura organizativa del municipio; atribuciones de sus Órganos Ejecutivo y Legislativo; planificación; administración del patrimonio; entre otras características.
Asimismo, de los 11 los municipios que optaron por la Autonomía Indígena Originario Campesina mediante referéndum en 2009, solo cinco remitieron sus estatutos al Tribunal Constitucional. /ANF
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